II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-22449)
Resolución de 17 de octubre de 2023, de la Universidad de A Coruña, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262
Jueves 2 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 146499
8.2 Una vez que se publique, el/la Presidente/a de la Comisión de Acceso o, de ser
el caso, el/la Secretario/a entregarán la propuesta en la Secretaría General de la
Universidad de A Coruña junto con las actas y con los informes que componen el
expediente, un ejemplar de la documentación aportado por cada candidato con la
justificación documental correspondiente y la certificación del/de la Secretario/a de la
Comisión en que se haga constar la fecha de publicación en el tablón del centro.
8.3 Tras finalizar el procedimiento, la documentación de los/las concursantes
quedará a su disposición en la Secretaría General de la Universidad de A Coruña de
donde deberán retirarla. No obstante, en el caso de interposición de recurso no podrá
retirarse hasta que la resolución impugnada sea firme, sin perjuicio de que los/las
interesados/as puedan realizar copia de la documentación para otros efectos.
8.4 Transcurridos seis meses desde la finalización del procedimiento o, en el caso de
haber recurso, desde que la resolución impugnada adquiera firmeza, la documentación que
no fuese retirada será destruida.
9.
Presentación de documentos y nombramiento
9.1 El/la candidato/a propuesto en primer lugar deberá presentar en el plazo de
veinte días contados desde el siguiente al de publicación de la propuesta en los lugares
y conforme al procedimiento previsto en la base 3.2, los siguientes documentos:
Las personas que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera estarán
exentas de justificar y presentar los documentos de los apartados a) y b), debiendo
presentar, en el caso de proceder de otra administración, certificación de la universidad u
organismo del que dependan que acredite su condición de funcionarios/as y de cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
9.2 El Rector de la Universidad de A Coruña efectuará el nombramiento como
funcionario/a docente de carrera del/de la candidato/a propuesto/a por la Comisión que
especificará la denominación de la plaza: Cuerpo y área de conocimiento. Se
comunicará al correspondiente registro a efectos de otorgamiento de número de registro
de personal e inscripción en los cuerpos respectivos, se remitirá para su publicación al
«Boletín Oficial del Estado» y al «Diario Oficial de Galicia» y se comunicará a la
Secretaría General del Consejo de Universidades.
9.3 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el/la candidato/a
propuesto deberá tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirá la
condición de funcionario/a docente universitario de carrera del cuerpo de que se trate.
10.
Comisión de Reclamaciones
10.1 Contra las propuestas de las Comisiones de los concursos de acceso, los
concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días.
cve: BOE-A-2023-22449
Verificable en https://www.boe.es
a) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a de ninguna
Administración pública en virtud de expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado/a
para el ejercicio de las funciones docentes y asistenciales.
Los/las concursantes que no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar no
estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el
acceso a la función pública según lo establecido en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre
(«Boletín Oficial del Estado» del 24).
b) Certificado médico oficial de no padecer ninguna enfermedad ni defecto físico o
psíquico que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a
profesor/a de universidad.
c) Declaración jurada o promesa de no incurrir en incompatibilidad según lo
establecido en la Ley 53/1984, de 26 de septiembre, de Incompatibilidades del Personal
al Servicio de las Administraciones Públicas (BOE de 4 de enero de 1985).
Núm. 262
Jueves 2 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 146499
8.2 Una vez que se publique, el/la Presidente/a de la Comisión de Acceso o, de ser
el caso, el/la Secretario/a entregarán la propuesta en la Secretaría General de la
Universidad de A Coruña junto con las actas y con los informes que componen el
expediente, un ejemplar de la documentación aportado por cada candidato con la
justificación documental correspondiente y la certificación del/de la Secretario/a de la
Comisión en que se haga constar la fecha de publicación en el tablón del centro.
8.3 Tras finalizar el procedimiento, la documentación de los/las concursantes
quedará a su disposición en la Secretaría General de la Universidad de A Coruña de
donde deberán retirarla. No obstante, en el caso de interposición de recurso no podrá
retirarse hasta que la resolución impugnada sea firme, sin perjuicio de que los/las
interesados/as puedan realizar copia de la documentación para otros efectos.
8.4 Transcurridos seis meses desde la finalización del procedimiento o, en el caso de
haber recurso, desde que la resolución impugnada adquiera firmeza, la documentación que
no fuese retirada será destruida.
9.
Presentación de documentos y nombramiento
9.1 El/la candidato/a propuesto en primer lugar deberá presentar en el plazo de
veinte días contados desde el siguiente al de publicación de la propuesta en los lugares
y conforme al procedimiento previsto en la base 3.2, los siguientes documentos:
Las personas que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera estarán
exentas de justificar y presentar los documentos de los apartados a) y b), debiendo
presentar, en el caso de proceder de otra administración, certificación de la universidad u
organismo del que dependan que acredite su condición de funcionarios/as y de cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
9.2 El Rector de la Universidad de A Coruña efectuará el nombramiento como
funcionario/a docente de carrera del/de la candidato/a propuesto/a por la Comisión que
especificará la denominación de la plaza: Cuerpo y área de conocimiento. Se
comunicará al correspondiente registro a efectos de otorgamiento de número de registro
de personal e inscripción en los cuerpos respectivos, se remitirá para su publicación al
«Boletín Oficial del Estado» y al «Diario Oficial de Galicia» y se comunicará a la
Secretaría General del Consejo de Universidades.
9.3 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el/la candidato/a
propuesto deberá tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirá la
condición de funcionario/a docente universitario de carrera del cuerpo de que se trate.
10.
Comisión de Reclamaciones
10.1 Contra las propuestas de las Comisiones de los concursos de acceso, los
concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días.
cve: BOE-A-2023-22449
Verificable en https://www.boe.es
a) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a de ninguna
Administración pública en virtud de expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado/a
para el ejercicio de las funciones docentes y asistenciales.
Los/las concursantes que no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar no
estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el
acceso a la función pública según lo establecido en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre
(«Boletín Oficial del Estado» del 24).
b) Certificado médico oficial de no padecer ninguna enfermedad ni defecto físico o
psíquico que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a
profesor/a de universidad.
c) Declaración jurada o promesa de no incurrir en incompatibilidad según lo
establecido en la Ley 53/1984, de 26 de septiembre, de Incompatibilidades del Personal
al Servicio de las Administraciones Públicas (BOE de 4 de enero de 1985).