III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-22376)
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Boliche Solar, SLU, de autorización administrativa previa del parque solar fotovoltaico Boliche Solar, de 67,5 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Madrid.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 1 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 145169
sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Santorcaz y
Anchuelo, en la Comunidad de Madrid, incluyendo, como parte de la ICE del expediente,
la línea aérea de 220 kV desde subestación Henares hasta la subestación Anchuelo
(REE).
En consecuencia y, de conformidad con el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, el procedimiento de autorización administrativa del proyecto de parque
fotovoltaico Boliche, de 67,5 MW de potencia de instalada, y su infraestructura de
evacuación en la provincia de Madrid queda concluido.
Analizada la documentación recibida, esta Dirección General de Política Energética y
Minas dicta la presente propuesta de resolución.
Sexto. Permisos de acceso y conexión.
El proyecto obtuvo permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la
emisión de Informe de Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación
de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación Anchuelo 220 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Con fecha de 15 de marzo de 2023 tiene entrada, en el Registro de este Ministerio,
escrito de Red Eléctrica de España, SAU, por el que se comunica la caducidad de los
permisos de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto en el Real
Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
Séptimo. Trámite de audiencia.
Con fecha de 22 de septiembre de 2023 se notifica el trámite de audiencia sobre la
propuesta de resolución por la que se desestima la solicitud de autorización
administrativa previa del expediente SGEE/PFot-200.
Con fecha de 9 de octubre de 2023, el promotor solicita que esta administración
incluya expresa mención al Informe de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid el 1 de diciembre de 2021 en la resolución por la que se
desestime la solicitud de autorización administrativa previa del parque solar fotovoltaico
Boliche. En dicho informe se hace mención a que para poder considerar viables las
infraestructuras del proyecto, se debe, entre otras medidas, reducir la superficie asociada
al proyecto, incluso eliminar alguna de las plantas (refiriéndose a la planta Boliche, tal y
como se exige en la DIA), para evitar su intersección con zonas con valores naturales
incompatibles con la ejecución de las infraestructuras.
Analizada la documentación recibida, esta Dirección General de Política Energética y
Minas dicta la presente resolución, en base a los siguientes:
Fundamentos jurídicos
Primero. Normativa aplicable.
Tomando en consideración lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del
Sector Eléctrico, en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan
las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos
de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el Real
Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte
y distribución de energía eléctrica, y en el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por
el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la
reactivación económica.
cve: BOE-A-2023-22376
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 261
Miércoles 1 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 145169
sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Santorcaz y
Anchuelo, en la Comunidad de Madrid, incluyendo, como parte de la ICE del expediente,
la línea aérea de 220 kV desde subestación Henares hasta la subestación Anchuelo
(REE).
En consecuencia y, de conformidad con el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, el procedimiento de autorización administrativa del proyecto de parque
fotovoltaico Boliche, de 67,5 MW de potencia de instalada, y su infraestructura de
evacuación en la provincia de Madrid queda concluido.
Analizada la documentación recibida, esta Dirección General de Política Energética y
Minas dicta la presente propuesta de resolución.
Sexto. Permisos de acceso y conexión.
El proyecto obtuvo permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la
emisión de Informe de Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación
de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación Anchuelo 220 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Con fecha de 15 de marzo de 2023 tiene entrada, en el Registro de este Ministerio,
escrito de Red Eléctrica de España, SAU, por el que se comunica la caducidad de los
permisos de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto en el Real
Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
Séptimo. Trámite de audiencia.
Con fecha de 22 de septiembre de 2023 se notifica el trámite de audiencia sobre la
propuesta de resolución por la que se desestima la solicitud de autorización
administrativa previa del expediente SGEE/PFot-200.
Con fecha de 9 de octubre de 2023, el promotor solicita que esta administración
incluya expresa mención al Informe de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid el 1 de diciembre de 2021 en la resolución por la que se
desestime la solicitud de autorización administrativa previa del parque solar fotovoltaico
Boliche. En dicho informe se hace mención a que para poder considerar viables las
infraestructuras del proyecto, se debe, entre otras medidas, reducir la superficie asociada
al proyecto, incluso eliminar alguna de las plantas (refiriéndose a la planta Boliche, tal y
como se exige en la DIA), para evitar su intersección con zonas con valores naturales
incompatibles con la ejecución de las infraestructuras.
Analizada la documentación recibida, esta Dirección General de Política Energética y
Minas dicta la presente resolución, en base a los siguientes:
Fundamentos jurídicos
Primero. Normativa aplicable.
Tomando en consideración lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del
Sector Eléctrico, en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan
las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos
de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el Real
Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte
y distribución de energía eléctrica, y en el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por
el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la
reactivación económica.
cve: BOE-A-2023-22376
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 261