II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Personal laboral. (BOE-A-2023-22245)
Resolución de 27 de octubre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema de promoción interna, como personal laboral fijo, en los grupos profesionales II, III y IV sujetos al l Convenio colectivo del personal laboral de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260

Martes 31 de octubre de 2023

Sec. II.B. Pág. 143644

que habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes:
1. Méritos profesionales: La puntuación máxima será de 20 puntos. Se valorará la
experiencia profesional en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo
desempeñando funciones encuadradas en la misma área funcional que la del puesto por
el que se opta: 0,1 puntos por mes completo a jornada completa trabajado.
Forma de acreditación: certificado acreditativo de la realización de funciones
encuadradas en la misma categoría profesional que la del puesto por el que se opta,
emitido por la jefatura de la que dependa funcionalmente el interesado.
2.

Servicios prestados: La puntuación máxima será de 60 puntos.

a) Se valorarán los servicios efectivos prestados en la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo como personal laboral fijo del grupo profesional inmediatamente
inferior al puesto al que se presenta, a razón de 2,4 puntos por año completo de
servicios.
A los trabajadores fijos discontinuos se les computará como año completo de servicio
efectivo cada uno de los años que ha sido objeto de llamamiento por la Universidad
Internacional Menéndez Pelayo, independientemente del periodo trabajado.
b) Los servicios reconocidos que hayan sido prestados en cualquier otra
Administración Pública como personal laboral fijo del grupo profesional inmediatamente
inferior al puesto al que se presenta, se valorarán a razón de 1,2 punto por año completo
de servicios efectivos.
Forma de acreditación: Certificado de servicios prestados emitido por la unidad de
personal correspondiente.
3. Méritos académicos: La puntuación máxima será de 20 puntos. Se valorarán
aquellos cursos de formación y perfeccionamiento debidamente acreditados y anotados
en el RCP o sistema análogo, de duración igual o superior a quince horas lectivas, cuyo
contenido tenga relación directa con el puesto de trabajo por el que se opta, que hayan
sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración
Pública, Instituciones Públicas o por Organizaciones Sindicales u otros agentes
promotores, dentro del marco de los Acuerdos de Formación Continua en las
Administraciones Públicas, así como los no referidos anteriormente que hayan sido
convocados o impartidos directamente por las Administraciones Públicas o por otros
centros a los que se les haya encargado su impartición, a razón de:
– Cursos recibidos: 0,5 puntos por cada curso de quince horas, valorándose cada
hora adicional con 0,03 puntos.

Calificación final. La calificación final del proceso vendrá determinada por la suma de
las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. La mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
2. La mayor puntuación alcanzada en la fase de concurso.
3. La antigüedad global de las personas aspirantes para lo que se atenderá
exclusivamente los servicios prestados y reconocidos por el interesado.
Si siguiera persistiendo el empate, se deberá realizar entre los candidatos
empatados un nuevo examen, que será la segunda parte del ejercicio de oposición.

cve: BOE-A-2023-22245
Verificable en https://www.boe.es

Cuando la acreditación de los cursos o diplomas figure en créditos, se realizará la
equivalencia de un crédito igual a diez horas.
Forma de acreditación: Anotación en el RCP o sistema análogo o, en su caso,
aportación de copia auténtica de los diplomas o certificados acreditativos de los cursos
realizados.