III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-22285)
Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Sevilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260
Martes 31 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 143767
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
22285
Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Dirección General del Catastro,
por la que se publica el Convenio con el Colegio Territorial de
Administradores de Fincas de Sevilla.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Territorial de
Administradores de Fincas de Sevilla, un convenio de colaboración en materia de
Gestión Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 24 de octubre de 2023.–El Director General del Catastro, Fernando de
Aragón Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaria de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Sevilla,
de colaboración en materia de gestión catastral
En Madrid y Sevilla, a veintitrés de octubre del año dos mil veintitrés.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre
de 2016), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte, don José Feria Moro, Presidente del Colegio Territorial de
Administradores de Fincas de Sevilla, proclamado electo el 26 de noviembre de 2021,
cuya representación ostenta al amparo del artículo 18 de los Estatutos del Colegio,
aprobados en sus últimas modificaciones por Orden de la Consejería de Gobernación y
Justicia de la Junta de Andalucía de 4 de marzo de 2011 (BOJA de 28 de marzo) y por
Orden de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía de 21 de diciembre
de 2018 (BOJA de 9 de enero de 2019).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y en el
cve: BOE-A-2023-22285
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Primero.
Núm. 260
Martes 31 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 143767
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
22285
Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Dirección General del Catastro,
por la que se publica el Convenio con el Colegio Territorial de
Administradores de Fincas de Sevilla.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Territorial de
Administradores de Fincas de Sevilla, un convenio de colaboración en materia de
Gestión Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 24 de octubre de 2023.–El Director General del Catastro, Fernando de
Aragón Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaria de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Sevilla,
de colaboración en materia de gestión catastral
En Madrid y Sevilla, a veintitrés de octubre del año dos mil veintitrés.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre
de 2016), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte, don José Feria Moro, Presidente del Colegio Territorial de
Administradores de Fincas de Sevilla, proclamado electo el 26 de noviembre de 2021,
cuya representación ostenta al amparo del artículo 18 de los Estatutos del Colegio,
aprobados en sus últimas modificaciones por Orden de la Consejería de Gobernación y
Justicia de la Junta de Andalucía de 4 de marzo de 2011 (BOJA de 28 de marzo) y por
Orden de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía de 21 de diciembre
de 2018 (BOJA de 9 de enero de 2019).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y en el
cve: BOE-A-2023-22285
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Primero.