III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-22298)
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación Bancaria "la Caixa", en el marco de la convocatoria "Social Research 2023".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260
Martes 31 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 143812
normas que regularán su funcionamiento. El Comité se responsabilizará, entre otras, de
las siguientes tareas:
− Salvaguardar el correcto desarrollo del Proyecto y responder a las necesidades
que puedan surgir durante su ejecución.
− Realizar el seguimiento económico y científico del Proyecto, evaluando el
cumplimiento de objetivos, resultados e indicadores de seguimiento.
− Controlar, supervisar y salvaguardar la correcta asignación de la contribución
económica realizada por la Fundación Bancaria «la Caixa».
− Resolver las cuestiones que puedan surgir en materia de comunicación, difusión y
explotación, o en relación con el desarrollo o los resultados del Proyecto.
− Evaluar los resultados del Proyecto y de la relación de colaboración.
− Acordar algunos detalles relativos a la ejecución del contenido del Convenio
(p. ej. en cuanto a las directrices sobre la utilización de los logotipos de la Fundación).
Y, en general, todas las funciones que se deriven del presente Convenio o que las
partes estimen por otro motivo necesarias.
A falta de normativa propia aprobada por el Comité de Seguimiento, su
funcionamiento se regirá por lo establecido para los órganos colegiados, en la
sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la LRJSP.
El Comité de Seguimiento celebrará una reunión inicial, que se programará durante
los primeros meses del Proyecto, y una reunión final, aproximadamente veinticuatro
meses después del comienzo del Proyecto. Podrá también celebrarse una reunión
intermedia hacia la mitad del Proyecto.
La Fundación Bancaria «la Caixa» se reserva el derecho de convocar a las partes en
cualquier momento en el curso del Proyecto, para abordar todas las cuestiones que, por
su carácter urgente o específico, no puedan postergarse hasta la siguiente reunión
programada.
Los miembros del Comité de Seguimiento rendirán cuentas a sus respectivas
instituciones del resultado de la gestión realizada por dicho comité.
4.2
Informes de seguimiento.
La Institución se compromete a presentar a la Fundación Bancaria «la Caixa», como
mínimo, los siguientes informes, a través de la aplicación «Gestión de ayudas y becas de
investigación»:
Tanto el informe intermedio de seguimiento como el informe final se ajustarán a las
indicaciones y al formato facilitado por la Fundación Bancaria «la Caixa». Su
presentación es un requisito obligatorio para recibir la aportación.
4.3 Seguimiento del Proyecto a través de la aplicación «Gestión de ayudas y becas
de investigación».
La Institución, a través del Líder del Proyecto o de otros miembros del equipo del
Proyecto, deberá proporcionar información actualizada acerca del mismo en la aplicación
«Gestión de ayudas y becas de investigación» de la Fundación Bancaria «la Caixa»,
cumpliendo en todo momento las normas de acceso y uso que se les hayan comunicado.
cve: BOE-A-2023-22298
Verificable en https://www.boe.es
i) un informe intermedio de seguimiento, que deberá presentarse al menos siete
días antes de solicitar el pago correspondiente a la mitad del periodo del Proyecto
(unos doce meses después del inicio del mismo); y
ii) un informe final, que deberá presentarse siete días antes de la reunión final a
que se refiere la cláusula 4.1 y que deberá incluir una lista de los gastos del Proyecto
financiados con cargo a la ayuda de la Fundación Bancaria «la Caixa», una descripción
detallada de todas las actividades realizadas, el grado de consecución de los objetivos
del Proyecto y una evaluación del Proyecto llevado a cabo.
Núm. 260
Martes 31 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 143812
normas que regularán su funcionamiento. El Comité se responsabilizará, entre otras, de
las siguientes tareas:
− Salvaguardar el correcto desarrollo del Proyecto y responder a las necesidades
que puedan surgir durante su ejecución.
− Realizar el seguimiento económico y científico del Proyecto, evaluando el
cumplimiento de objetivos, resultados e indicadores de seguimiento.
− Controlar, supervisar y salvaguardar la correcta asignación de la contribución
económica realizada por la Fundación Bancaria «la Caixa».
− Resolver las cuestiones que puedan surgir en materia de comunicación, difusión y
explotación, o en relación con el desarrollo o los resultados del Proyecto.
− Evaluar los resultados del Proyecto y de la relación de colaboración.
− Acordar algunos detalles relativos a la ejecución del contenido del Convenio
(p. ej. en cuanto a las directrices sobre la utilización de los logotipos de la Fundación).
Y, en general, todas las funciones que se deriven del presente Convenio o que las
partes estimen por otro motivo necesarias.
A falta de normativa propia aprobada por el Comité de Seguimiento, su
funcionamiento se regirá por lo establecido para los órganos colegiados, en la
sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la LRJSP.
El Comité de Seguimiento celebrará una reunión inicial, que se programará durante
los primeros meses del Proyecto, y una reunión final, aproximadamente veinticuatro
meses después del comienzo del Proyecto. Podrá también celebrarse una reunión
intermedia hacia la mitad del Proyecto.
La Fundación Bancaria «la Caixa» se reserva el derecho de convocar a las partes en
cualquier momento en el curso del Proyecto, para abordar todas las cuestiones que, por
su carácter urgente o específico, no puedan postergarse hasta la siguiente reunión
programada.
Los miembros del Comité de Seguimiento rendirán cuentas a sus respectivas
instituciones del resultado de la gestión realizada por dicho comité.
4.2
Informes de seguimiento.
La Institución se compromete a presentar a la Fundación Bancaria «la Caixa», como
mínimo, los siguientes informes, a través de la aplicación «Gestión de ayudas y becas de
investigación»:
Tanto el informe intermedio de seguimiento como el informe final se ajustarán a las
indicaciones y al formato facilitado por la Fundación Bancaria «la Caixa». Su
presentación es un requisito obligatorio para recibir la aportación.
4.3 Seguimiento del Proyecto a través de la aplicación «Gestión de ayudas y becas
de investigación».
La Institución, a través del Líder del Proyecto o de otros miembros del equipo del
Proyecto, deberá proporcionar información actualizada acerca del mismo en la aplicación
«Gestión de ayudas y becas de investigación» de la Fundación Bancaria «la Caixa»,
cumpliendo en todo momento las normas de acceso y uso que se les hayan comunicado.
cve: BOE-A-2023-22298
Verificable en https://www.boe.es
i) un informe intermedio de seguimiento, que deberá presentarse al menos siete
días antes de solicitar el pago correspondiente a la mitad del periodo del Proyecto
(unos doce meses después del inicio del mismo); y
ii) un informe final, que deberá presentarse siete días antes de la reunión final a
que se refiere la cláusula 4.1 y que deberá incluir una lista de los gastos del Proyecto
financiados con cargo a la ayuda de la Fundación Bancaria «la Caixa», una descripción
detallada de todas las actividades realizadas, el grado de consecución de los objetivos
del Proyecto y una evaluación del Proyecto llevado a cabo.