III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2023-22296)
Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Comunidad Autónoma de La Rioja, en materia de inspección de normas de correcta fabricación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260
Martes 31 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 143804
En cualquier caso y, a tenor del apartado 3 del artículo 52 de la ley 40/2015, si
cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen
actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la Comisión de
Seguimiento del convenio, podrán acordar la continuación y finalización de las
actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable
para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas.
Décima.
Naturaleza jurídica y resolución de controversias.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, y es uno de los definidos en el
artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y
se encuentra, por consiguiente, sometido al régimen jurídico que dicha norma establece
para los convenios.
Las partes se comprometen a resolver pacíficamente cualquier conflicto que pudiera
surgir en la interpretación y ejecución del presente convenio. Las posibles controversias
que pudieran suscitarse entre las partes, serán sometidas a la comisión de seguimiento y
control prevista en el presente convenio, siendo la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa la competente para resolver las controversias que pudieran surgir en la
interpretación y aplicación del presente convenio.
cve: BOE-A-2023-22296
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad y aceptación, las partes firman el presente convenio en
un único original electrónico en la última fecha de la firma electrónica.–Por la AEMPS, la
Directora, María Jesús Lamas Díaz.–Por la Comunidad Autónoma de La Rioja, la
Consejera de Salud y Políticas Sociales, María Martín Díez de Baldeón.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 260
Martes 31 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 143804
En cualquier caso y, a tenor del apartado 3 del artículo 52 de la ley 40/2015, si
cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen
actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la Comisión de
Seguimiento del convenio, podrán acordar la continuación y finalización de las
actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable
para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas.
Décima.
Naturaleza jurídica y resolución de controversias.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, y es uno de los definidos en el
artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y
se encuentra, por consiguiente, sometido al régimen jurídico que dicha norma establece
para los convenios.
Las partes se comprometen a resolver pacíficamente cualquier conflicto que pudiera
surgir en la interpretación y ejecución del presente convenio. Las posibles controversias
que pudieran suscitarse entre las partes, serán sometidas a la comisión de seguimiento y
control prevista en el presente convenio, siendo la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa la competente para resolver las controversias que pudieran surgir en la
interpretación y aplicación del presente convenio.
cve: BOE-A-2023-22296
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad y aceptación, las partes firman el presente convenio en
un único original electrónico en la última fecha de la firma electrónica.–Por la AEMPS, la
Directora, María Jesús Lamas Díaz.–Por la Comunidad Autónoma de La Rioja, la
Consejera de Salud y Políticas Sociales, María Martín Díez de Baldeón.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X