V. Anuncios. - C. Anuncios particulares. ANUNCIOS PARTICULARES. (BOE-B-2023-31852)
COMUNIDAD DE REGANTES DE GRAÑÉN FLUMEN
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260

Martes 31 de octubre de 2023

Sec. V-C. Pág. 51757

V. Anuncios
C. Anuncios particulares
ANUNCIOS PARTICULARES

31852

COMUNIDAD DE REGANTES DE GRAÑÉN FLUMEN

La Asamblea de la Comunidad de Regantes de Grañén-Flumen celebrará
Junta General extraordinaria, el próximo día 1 de diciembre, viernes, a las 18:00
horas en primera convocatoria o a las 18:30 horas en segunda y definitiva
convocatoria en el salón de actos del Ayuntamiento de Grañén, sito en Avda.
Ramón y Cajal, nº 7 de dicha localidad, para tratar el siguiente orden del día:
Primero. - Aprobación si procede, del acta de la sesión anterior.
Segundo.- Informes de Presidencia.
Tercero.- Al amparo de la situación en la que se encuentra el proceso de
concentración parcelaria y conforme a las indicaciones recibidas del Departamento
de Agricultura, Ganadería y Alimentación a través del Servicio Provincial de
Huesca, se someten para su estudio y aprobación, si procede, las siguientes
cuestiones:
A) Toma de conocimiento por la Junta general de la situación en la que se
encuentran los trámites de la concentración parcelaria
B) Decisión expresa sobre la propuesta de amojonamiento y posterior toma de
posesión de las fincas de reemplazo.
C) Determinación de la fecha a partir de la cual se iniciarán los trabajos de
amojonamiento de las nuevas fincas, para culminar con la toma de posesión de las
mismas. Se propone el 15 de junio para la cesión de las fincas y comienzo de todo
el proceso de amojonamiento y 1 de septiembre para la toma de posesión de las
mismas.
D) Asunción por los propietarios partícipes y la Comunidad de los posibles
perjuicios derivados de llevar a cabo la toma de posesión de las nuevas fincas de
reemplazo sin que estén ejecutadas las obras de modernización, ni los caminos, ni
determinadas obras de concentración parcelaria.
E) Aceptación formal y explícita por los propietarios partícipes y la Comunidad
de las condiciones para tal amojonamiento, que deben ser asumidas y que se
desglosan en:

b) No se permite la eliminación de canaletas que presten servicio a otros
usuarios hasta que la obra de modernización de regadíos esté operativa, salvo que
el interesado o la Comunidad de regantes plantee por sus propios medios una
alternativa (entubado, desvío provisional...)
c) Respecto de las canaletas que no van a proporcionar servicio en el futuro, y
cuyo mantenimiento dificulte los trabajos en las nuevas fincas, se admitirá su
retirada por el interesado con autorización de la comunidad de regantes.

cve: BOE-B-2023-31852
Verificable en https://www.boe.es

a) Durante el periodo de obras y hasta el funcionamiento total de la
modernización, convivirán los dos sistemas de riego, el actual y el nuevo con sus
derechos y obligaciones.