III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-22201)
Resolución de 18 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Michelín España Portugal, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 259
Lunes 30 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 143227
inferior–, realizar jornada intensiva de trabajo, incluyendo una pausa de 15 minutos, de
acuerdo al siguiente horario:
– Entrada: de 06:00 a 07:30 horas.
– Salida: de 14:00 a 15:30 horas.
La elección del horario de salida, dentro de estos límites, ha de estar sometida a la
aprobación de la jerarquía, en función de criterios evidentes de necesidad presencial
para asegurar la marcha armónica de las instalaciones.
El personal que ocupe puestos en los que, para garantizar la marcha armónica de
instalaciones, sea necesario continúen en su horario habitual, será excluido de esta
opción.
Como compensación a esta exclusión, este personal que será claramente
determinado e identificado, disfrutará de una jornada suplementaria (8 horas) de no
trabajo, por cada año que no pueda tener el derecho de opción a la jornada intensiva de
verano.
El personal que pudiendo optar a la modalidad ofertada no hiciera uso de ésta, no
generará ningún día suplementario de no trabajo.
h)
Turno 1 x 8 central (Almería).
– Lunes a viernes: De 08:20 horas a 16:26 horas.
Artículo 23.
Evolución de los sistemas y medidas de adaptación.
A. Normas de funcionamiento de los sistemas de apertura de instalaciones
variables.
A.1
1.
2.
Modo de adaptación de carácter colectivo:
Definición.
Características generales de los Sistemas.
– Apertura de referencia.
•
•
•
•
Apertura máxima.
Apertura mínima.
Sistema de trabajo.
Rotación de los equipos.
–
–
–
–
Calendario anual. Consideraciones.
Jornada y plus.
Días libres.
Vacaciones.
3.
Variación de la apertura de las instalaciones.
A.
B.
En la elaboración de los calendarios anuales.
En el curso del año:
– Ampliación.
– Reducción.
– Ámbito o talla de las variaciones.
4.
Jornada individual. Cómputo y Gestión. Limitaciones.
cve: BOE-A-2023-22201
Verificable en https://www.boe.es
a) Sistema variable 235-264.
b) Sistema variable 265-303.
c) Sistema variable 295-354.
Núm. 259
Lunes 30 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 143227
inferior–, realizar jornada intensiva de trabajo, incluyendo una pausa de 15 minutos, de
acuerdo al siguiente horario:
– Entrada: de 06:00 a 07:30 horas.
– Salida: de 14:00 a 15:30 horas.
La elección del horario de salida, dentro de estos límites, ha de estar sometida a la
aprobación de la jerarquía, en función de criterios evidentes de necesidad presencial
para asegurar la marcha armónica de las instalaciones.
El personal que ocupe puestos en los que, para garantizar la marcha armónica de
instalaciones, sea necesario continúen en su horario habitual, será excluido de esta
opción.
Como compensación a esta exclusión, este personal que será claramente
determinado e identificado, disfrutará de una jornada suplementaria (8 horas) de no
trabajo, por cada año que no pueda tener el derecho de opción a la jornada intensiva de
verano.
El personal que pudiendo optar a la modalidad ofertada no hiciera uso de ésta, no
generará ningún día suplementario de no trabajo.
h)
Turno 1 x 8 central (Almería).
– Lunes a viernes: De 08:20 horas a 16:26 horas.
Artículo 23.
Evolución de los sistemas y medidas de adaptación.
A. Normas de funcionamiento de los sistemas de apertura de instalaciones
variables.
A.1
1.
2.
Modo de adaptación de carácter colectivo:
Definición.
Características generales de los Sistemas.
– Apertura de referencia.
•
•
•
•
Apertura máxima.
Apertura mínima.
Sistema de trabajo.
Rotación de los equipos.
–
–
–
–
Calendario anual. Consideraciones.
Jornada y plus.
Días libres.
Vacaciones.
3.
Variación de la apertura de las instalaciones.
A.
B.
En la elaboración de los calendarios anuales.
En el curso del año:
– Ampliación.
– Reducción.
– Ámbito o talla de las variaciones.
4.
Jornada individual. Cómputo y Gestión. Limitaciones.
cve: BOE-A-2023-22201
Verificable en https://www.boe.es
a) Sistema variable 235-264.
b) Sistema variable 265-303.
c) Sistema variable 295-354.