I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Trasvase Tajo-Segura. (BOE-A-2023-22127)
Orden TED/1172/2023, de 26 de octubre, por la que se autoriza un trasvase desde los embalses de Entrepeñas-Buendía, a través del acueducto Tajo-Segura, de 18 hm³ para el mes de octubre de 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 30 de octubre de 2023
Sec. I. Pág. 143010
hm3 de paso entre los niveles 2 y 3 fijado en el Real Decreto 773/2014 para el mes de
octubre y superior al umbral de 400 hm3 de reservas no trasvasables, por lo que se
constata la situación hidrológica excepcional, nivel 3.
De acuerdo con el método previsto para situaciones hidrológicas excepcionales, el
trasvase resultante para el mes de octubre podría llegar a un máximo de 20 hm3.
Asimismo, y partiendo de la situación registrada a comienzos de octubre, la aplicación
trimestral de la regla de explotación realizada en el informe del CEDEX indica que el
sistema se encontraría en situación hidrológica excepcional (nivel 3) todo el trimestre.
Adicionalmente, en dicho informe se ha procedido a aplicar la regla semestralmente con
el único propósito de disponer de una ventana de pronóstico algo mayor que permita
anticipar la posible tendencia en su evolución y tener algo más de perspectiva,
concluyendo que, si se confirmaran las aportaciones de cálculo supuestas,
correspondientes al percentil del 20 %, el sistema se mantendría en nivel 3 durante todo
el semestre.
El citado informe recoge también la información enviada por la Confederación
Hidrográfica del Segura sobre los volúmenes de agua trasvasada disponibles a 1 de
octubre en la cuenca, que son de 35,6 hm3 para abastecimientos y 4,1 hm 3 para riego, lo
que supone un volumen total de 39,7 hm3. Estos volúmenes de agua constituyen una
reserva de agua ya trasvasada o autorizada cuyo objetivo es atender las necesidades de
suministro que surjan en el futuro en esa cuenca de forma simultánea con los trasvases
posteriores.
La Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura, en su reunión de 23
de octubre del 2023 y a la vista del informe del CEDEX, decide informar, conforme a lo
previsto legalmente para este caso, que se podría autorizar un volumen máximo de 20,0
hm3 para el mes de octubre de 2023.
Por otra parte, se tiene en cuenta la prioridad del abastecimiento frente al regadío
recogida en el artículo 60.3.1.º en relación con el 2.º del texto refundido de la Ley de
Aguas. En este sentido, la disposición adicional quinta.1 «in fine» de la Ley 21/2015,
de 20 de julio, establece el aseguramiento de al menos 7,5 hectómetros cúbicos/mes
para dichos abastecimientos urbanos.
Dada la situación hidrológica excepcional existente en los embalses de cabecera, es
razonable tomar en consideración las reservas existentes procedentes del trasvase en la
cuenca del Segura. El volumen de reservas en la cuenca del Segura procedente del
trasvase supone 39,7 hm3, de los cuales para el regadío corresponden 4,1 hm3. Con el
volumen de reservas disponibles para regadío no alcanzaría para atender los consumos
estimados del próximo mes.
Considerando todo lo expuesto anteriormente:
1) Se constata que a fecha 1 de octubre de 2023 la situación del sistema es la
correspondiente al nivel 3, referida a situaciones hidrológicas excepcionales.
2) Se toma nota de la previsión para el trimestre, que indica que el sistema se
mantendrá en situación hidrológica excepcional todo el trimestre.
3) Se toma nota de que, a fecha de 1 de octubre de 2023 existe un volumen de
agua trasvasada disponible en la cuenca del Segura de 35,6 hm3 para abastecimientos y
de 4,1 hm3 para regadíos.
4) Se toma nota del acuerdo de la Comisión Central de Explotación del Acueducto
Tajo-Segura en el que la Confederación Hidrográfica del Guadiana no solicita este mes el
envío de agua para atender las necesidades de abastecimiento existentes en la Llanura
Manchega con cargo a la asignación máxima anual recogida en el Plan Hidrológico del
Guadiana.
5) Se toma nota de la propuesta de la Comisión Central de Explotación del
Acueducto Tajo-Segura celebrada el 23 de octubre del 2023 que, a la vista del informe
del CEDEX, concluye que se podría autorizar hasta un volumen máximo de 20,0 hm3
para el mes de octubre de 2023.
6) Se toma en consideración que de acuerdo con la disposición adicional quinta de
la Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de
cve: BOE-A-2023-22127
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 259
Lunes 30 de octubre de 2023
Sec. I. Pág. 143010
hm3 de paso entre los niveles 2 y 3 fijado en el Real Decreto 773/2014 para el mes de
octubre y superior al umbral de 400 hm3 de reservas no trasvasables, por lo que se
constata la situación hidrológica excepcional, nivel 3.
De acuerdo con el método previsto para situaciones hidrológicas excepcionales, el
trasvase resultante para el mes de octubre podría llegar a un máximo de 20 hm3.
Asimismo, y partiendo de la situación registrada a comienzos de octubre, la aplicación
trimestral de la regla de explotación realizada en el informe del CEDEX indica que el
sistema se encontraría en situación hidrológica excepcional (nivel 3) todo el trimestre.
Adicionalmente, en dicho informe se ha procedido a aplicar la regla semestralmente con
el único propósito de disponer de una ventana de pronóstico algo mayor que permita
anticipar la posible tendencia en su evolución y tener algo más de perspectiva,
concluyendo que, si se confirmaran las aportaciones de cálculo supuestas,
correspondientes al percentil del 20 %, el sistema se mantendría en nivel 3 durante todo
el semestre.
El citado informe recoge también la información enviada por la Confederación
Hidrográfica del Segura sobre los volúmenes de agua trasvasada disponibles a 1 de
octubre en la cuenca, que son de 35,6 hm3 para abastecimientos y 4,1 hm 3 para riego, lo
que supone un volumen total de 39,7 hm3. Estos volúmenes de agua constituyen una
reserva de agua ya trasvasada o autorizada cuyo objetivo es atender las necesidades de
suministro que surjan en el futuro en esa cuenca de forma simultánea con los trasvases
posteriores.
La Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura, en su reunión de 23
de octubre del 2023 y a la vista del informe del CEDEX, decide informar, conforme a lo
previsto legalmente para este caso, que se podría autorizar un volumen máximo de 20,0
hm3 para el mes de octubre de 2023.
Por otra parte, se tiene en cuenta la prioridad del abastecimiento frente al regadío
recogida en el artículo 60.3.1.º en relación con el 2.º del texto refundido de la Ley de
Aguas. En este sentido, la disposición adicional quinta.1 «in fine» de la Ley 21/2015,
de 20 de julio, establece el aseguramiento de al menos 7,5 hectómetros cúbicos/mes
para dichos abastecimientos urbanos.
Dada la situación hidrológica excepcional existente en los embalses de cabecera, es
razonable tomar en consideración las reservas existentes procedentes del trasvase en la
cuenca del Segura. El volumen de reservas en la cuenca del Segura procedente del
trasvase supone 39,7 hm3, de los cuales para el regadío corresponden 4,1 hm3. Con el
volumen de reservas disponibles para regadío no alcanzaría para atender los consumos
estimados del próximo mes.
Considerando todo lo expuesto anteriormente:
1) Se constata que a fecha 1 de octubre de 2023 la situación del sistema es la
correspondiente al nivel 3, referida a situaciones hidrológicas excepcionales.
2) Se toma nota de la previsión para el trimestre, que indica que el sistema se
mantendrá en situación hidrológica excepcional todo el trimestre.
3) Se toma nota de que, a fecha de 1 de octubre de 2023 existe un volumen de
agua trasvasada disponible en la cuenca del Segura de 35,6 hm3 para abastecimientos y
de 4,1 hm3 para regadíos.
4) Se toma nota del acuerdo de la Comisión Central de Explotación del Acueducto
Tajo-Segura en el que la Confederación Hidrográfica del Guadiana no solicita este mes el
envío de agua para atender las necesidades de abastecimiento existentes en la Llanura
Manchega con cargo a la asignación máxima anual recogida en el Plan Hidrológico del
Guadiana.
5) Se toma nota de la propuesta de la Comisión Central de Explotación del
Acueducto Tajo-Segura celebrada el 23 de octubre del 2023 que, a la vista del informe
del CEDEX, concluye que se podría autorizar hasta un volumen máximo de 20,0 hm3
para el mes de octubre de 2023.
6) Se toma en consideración que de acuerdo con la disposición adicional quinta de
la Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de
cve: BOE-A-2023-22127
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Núm. 259