V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2023-31655)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado sobre Resolución de la Dirección General de Carreteras por la que se aprueba provisionalmente el anteproyecto: "Adecuación, reforma y conservación de la autovía A-3 de Levante. Tramo: Madrid (M-30)-L.P. Cuenca" y se ordena la incoación del expediente de información pública a los efectos de lo previsto en el artículo 12.6 de ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras y del artículo 36 de la ley 21/2013, de 29 de diciembre, de Evaluación Ambiental. Clave: A0-M-70.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 259
Lunes 30 de octubre de 2023
Sec. V-B. Pág. 51465
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
31655
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado sobre Resolución
de la Dire cción Ge ne ral de Carre te ras por la que se aprue ba
provisionalmente el anteproyecto: "Adecuación, reforma y conservación
de la autovía A-3 de Levante. Tramo: Madrid (M-30)-L.P. Cuenca" y se
ordena la incoación del expediente de información pública a los efectos
de lo previsto en el artículo 12.6 de ley 37/2015, de 29 de septiembre,
de Carreteras y del artículo 36 de la ley 21/2013, de 29 de diciembre,
de Evaluación Ambiental. Clave: A0-M-70.
El Director General de Carreteras ha resuelto el día 15 de octubre de 2023, en
uso de las competencias establecidas en el artículo 32 del vigente Reglamento
General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre:
1. Aprobar provisionalmente el estudio anteproyecto de "Adecuación, reforma y
conservación del corredor de la autovía A-3 de Levante. Tramo: Madrid (M-30)-L.P.
Cuenca" redactado con fecha abril de 2023, que contiene un estudio de impacto
ambiental.
2. Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, se
proceda a incoar el expediente de información pública del citado anteproyecto, de
acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo
común de las Administraciones Públicas, en relación:
a. Al artículo 12.6 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras. Las
alegaciones solamente se podrán tener en consideración si versan sobre las
circunstancias que justifiquen la declaración de interés general de la carretera y
sobre la concepción global de su trazado.
b. Al artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
El anteproyecto está sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria.
Tras el análisis de las alegaciones presentadas, de las respuestas a las
consultas y de los informes preceptivos previstos en la legislación de carreteras y
de evaluación ambiental, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
como promotor y órgano sustantivo del anteproyecto, solicitará al Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, como órgano ambiental, la evaluación
ambiental ordinaria. Para ello le remitirá el anteproyecto, con su estudio de impacto
ambiental, y el expediente de información pública y oficial. La evaluación de
impacto ambiental culminará con la formulación por parte del órgano ambiental de
la declaración de impacto ambiental. Finalmente, tras el análisis de todo el
expediente, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana resolverá
sobre la aprobación de expediente de información pública y la aprobación definitiva
del anteproyecto.
3. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid:
a. Remita ejemplares del anteproyecto a las Corporaciones Locales afectadas
a efectos de su exposición al público, conforme al artículo 34.7 del Reglamento
cve: BOE-B-2023-31655
Verificable en https://www.boe.es
El plazo de información pública será de treinta (30) días hábiles contados a
partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones
reglamentarias.
Núm. 259
Lunes 30 de octubre de 2023
Sec. V-B. Pág. 51465
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MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
31655
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado sobre Resolución
de la Dire cción Ge ne ral de Carre te ras por la que se aprue ba
provisionalmente el anteproyecto: "Adecuación, reforma y conservación
de la autovía A-3 de Levante. Tramo: Madrid (M-30)-L.P. Cuenca" y se
ordena la incoación del expediente de información pública a los efectos
de lo previsto en el artículo 12.6 de ley 37/2015, de 29 de septiembre,
de Carreteras y del artículo 36 de la ley 21/2013, de 29 de diciembre,
de Evaluación Ambiental. Clave: A0-M-70.
El Director General de Carreteras ha resuelto el día 15 de octubre de 2023, en
uso de las competencias establecidas en el artículo 32 del vigente Reglamento
General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre:
1. Aprobar provisionalmente el estudio anteproyecto de "Adecuación, reforma y
conservación del corredor de la autovía A-3 de Levante. Tramo: Madrid (M-30)-L.P.
Cuenca" redactado con fecha abril de 2023, que contiene un estudio de impacto
ambiental.
2. Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, se
proceda a incoar el expediente de información pública del citado anteproyecto, de
acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo
común de las Administraciones Públicas, en relación:
a. Al artículo 12.6 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras. Las
alegaciones solamente se podrán tener en consideración si versan sobre las
circunstancias que justifiquen la declaración de interés general de la carretera y
sobre la concepción global de su trazado.
b. Al artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
El anteproyecto está sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria.
Tras el análisis de las alegaciones presentadas, de las respuestas a las
consultas y de los informes preceptivos previstos en la legislación de carreteras y
de evaluación ambiental, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
como promotor y órgano sustantivo del anteproyecto, solicitará al Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, como órgano ambiental, la evaluación
ambiental ordinaria. Para ello le remitirá el anteproyecto, con su estudio de impacto
ambiental, y el expediente de información pública y oficial. La evaluación de
impacto ambiental culminará con la formulación por parte del órgano ambiental de
la declaración de impacto ambiental. Finalmente, tras el análisis de todo el
expediente, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana resolverá
sobre la aprobación de expediente de información pública y la aprobación definitiva
del anteproyecto.
3. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid:
a. Remita ejemplares del anteproyecto a las Corporaciones Locales afectadas
a efectos de su exposición al público, conforme al artículo 34.7 del Reglamento
cve: BOE-B-2023-31655
Verificable en https://www.boe.es
El plazo de información pública será de treinta (30) días hábiles contados a
partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones
reglamentarias.