III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2023-22118)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universitat de València, por el que se articula la colaboración para proceder a la ejecución de las actividades de formación que constituyen parte de la actividad subvencionada en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva, convocado por Resolución de 12 de septiembre de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 28 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 142945
Tercera. Características del programa formativo.
Conforme al procedimiento administrativo de concesión de la subvención, y la
puntuación obtenida por la Universidad, se le ha otorgado una subvención articulada a
través de los siguientes programas de becas:
– Programa de Formación, cuya labor formativa está relacionada con el trabajo
desarrollado por el Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión
Social y cuya dotación mensual bruta es la cuantía equivalente al importe del Salario
Mínimo Interprofesional incrementado en el diez por ciento.
El ámbito de desarrollo de la actividad del alumnado becario se orienta al apoyo en el
impulso de políticas de inclusión social. Las áreas de estudio comprenden materias
pertenecientes a la rama de Ciencias Sociales y Humanidades.
– Programa de Investigación, con un contenido notablemente académico y vinculado
a proyectos específicos relacionados con las actuaciones desarrolladas por la Secretaría
General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social en su ámbito
competencial y cuya dotación es de 1.600 euros/mes (brutos) por alumno becario.
El ámbito de desarrollo de la actividad del alumnado becario se orienta al
procesamiento y análisis de datos que permitan generar información estratégica para la
toma de decisiones y aprovechamiento eficiente de los recursos. Las áreas de estudio
comprenderán materias estadísticas, probabilidades, matemáticas discretas, ecuaciones
diferenciales, optimización, informática, cálculo avanzado, análisis numérico o
informática.
Los proyectos formativos tendrán como objetivo educativo la adquisición de las
siguientes competencias:
– Capacidad para aplicar los conocimientos teóricos y prácticos a la realidad
profesional.
– Compromiso con la calidad.
– Desarrollo de la capacidad de aprendizaje.
– Autonomía en el desempeño de las actividades.
– Facilidad de adaptación.
– Capacidad de trabajo en equipo y de relación con su entorno laboral.
– Sentido de la responsabilidad.
– Creatividad e innovación.
– Gestión del tiempo.
– Comprensión de la necesidad de un comportamiento ético.
El desarrollo de las prácticas por parte del alumnado becario tendrá una duración de
doce meses, sin posibilidad de prórroga y se realizará en la sede del Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Cuarta. Relaciones entre MISSM, la Universitat de València y los estudiantes en
prácticas.
El MISSM y la Universidad no adquirirán con los estudiantes becados obligaciones o
compromisos distintos de los contenidos en el presente documento y en la normativa que
resulte de aplicación.
La concesión y disfrute de las becas no genera relación contractual o estatutaria
alguna entre el becario y el MISSM o entre el becario y la Universidad y, por
consiguiente, no supondrá en ningún caso relación de empleo ni funcionarial con los
citados organismos ni compromiso alguno en cuanto a la posterior incorporación del
estudiante a sus plantillas. Tampoco tendrá la consideración de mérito para el acceso a
la función pública ni será computada a efectos de antigüedad o reconocimiento de
servicios previos.
cve: BOE-A-2023-22118
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 258
Sábado 28 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 142945
Tercera. Características del programa formativo.
Conforme al procedimiento administrativo de concesión de la subvención, y la
puntuación obtenida por la Universidad, se le ha otorgado una subvención articulada a
través de los siguientes programas de becas:
– Programa de Formación, cuya labor formativa está relacionada con el trabajo
desarrollado por el Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión
Social y cuya dotación mensual bruta es la cuantía equivalente al importe del Salario
Mínimo Interprofesional incrementado en el diez por ciento.
El ámbito de desarrollo de la actividad del alumnado becario se orienta al apoyo en el
impulso de políticas de inclusión social. Las áreas de estudio comprenden materias
pertenecientes a la rama de Ciencias Sociales y Humanidades.
– Programa de Investigación, con un contenido notablemente académico y vinculado
a proyectos específicos relacionados con las actuaciones desarrolladas por la Secretaría
General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social en su ámbito
competencial y cuya dotación es de 1.600 euros/mes (brutos) por alumno becario.
El ámbito de desarrollo de la actividad del alumnado becario se orienta al
procesamiento y análisis de datos que permitan generar información estratégica para la
toma de decisiones y aprovechamiento eficiente de los recursos. Las áreas de estudio
comprenderán materias estadísticas, probabilidades, matemáticas discretas, ecuaciones
diferenciales, optimización, informática, cálculo avanzado, análisis numérico o
informática.
Los proyectos formativos tendrán como objetivo educativo la adquisición de las
siguientes competencias:
– Capacidad para aplicar los conocimientos teóricos y prácticos a la realidad
profesional.
– Compromiso con la calidad.
– Desarrollo de la capacidad de aprendizaje.
– Autonomía en el desempeño de las actividades.
– Facilidad de adaptación.
– Capacidad de trabajo en equipo y de relación con su entorno laboral.
– Sentido de la responsabilidad.
– Creatividad e innovación.
– Gestión del tiempo.
– Comprensión de la necesidad de un comportamiento ético.
El desarrollo de las prácticas por parte del alumnado becario tendrá una duración de
doce meses, sin posibilidad de prórroga y se realizará en la sede del Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Cuarta. Relaciones entre MISSM, la Universitat de València y los estudiantes en
prácticas.
El MISSM y la Universidad no adquirirán con los estudiantes becados obligaciones o
compromisos distintos de los contenidos en el presente documento y en la normativa que
resulte de aplicación.
La concesión y disfrute de las becas no genera relación contractual o estatutaria
alguna entre el becario y el MISSM o entre el becario y la Universidad y, por
consiguiente, no supondrá en ningún caso relación de empleo ni funcionarial con los
citados organismos ni compromiso alguno en cuanto a la posterior incorporación del
estudiante a sus plantillas. Tampoco tendrá la consideración de mérito para el acceso a
la función pública ni será computada a efectos de antigüedad o reconocimiento de
servicios previos.
cve: BOE-A-2023-22118
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 258