III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2023-22118)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universitat de València, por el que se articula la colaboración para proceder a la ejecución de las actividades de formación que constituyen parte de la actividad subvencionada en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva, convocado por Resolución de 12 de septiembre de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258

Sábado 28 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 142953

PRÁCTICAS:
Lugar en el que se
desarrollarán las
prácticas:
Duración (número de
horas de prácticas a
realizar):

Dotación mensual
de la beca:
Fecha de
inicio:

Fecha de
finalización:

Horario de actividades:
Proyecto formativo:

Tareas que realizar:

Revocación de la beca
obtenida por el alumno:

Causas:
- Obtención de la beca sin reunir las condiciones y requisitos solicitados o
con alteración de los mismos.
- Incumplimiento en plazo y forma de las tareas asignadas o del resto de
obligaciones derivadas de su condición de becario/a.
- Evaluación negativa de resultados del tutor asignado debido a nivel de
aprovechamiento inadecuado por desatención, incompetencia manifiesta o
incumplimiento de las instrucciones conferidas.
- Concurrencia de causa de incompatibilidad.
Órgano competente: la Universitat de València
Criterios de graduación para evaluar dichos incumplimientos:
- Reiteración de los resultados anómalos y de los comportamientos que los
provoquen.
- Existencia de apercibimientos previos.
-Desviación en el cumplimiento de los objetivos del Plan de formación que
causen estos incumplimientos.
Suspensión cautelar del abono de la beca: La universidad podrá proceder a
la interrupción cautelar del abono mensual de la beca al alumno hasta que
se determine la necesidad o no de revocar la misma por incumplimiento.
Consecuencias: La revocación de la beca supondrá la pérdida de los
derechos formativos y, en su caso, económicos que correspondieran al
alumno.

Observaciones:

Por la Universidad

Fdo.:

https://www.boe.es

Por el MISSM

Fdo.:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

El/la estudiante

Fdo.:

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-22118
Verificable en https://www.boe.es

En prueba de conformidad firman el presente documento: