III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Certificados de Ahorro Energético. (BOE-A-2023-22077)
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se modifica el Anexo I de la Orden TED/845/2023, de 18 de julio, por la que se aprueba el catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética.
449 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257
Viernes 27 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 142351
Donde:
N
Números de equipos sustituidos
PFi
Potencia en refrigeración demandada6 o potencia
nominal en refrigeración del equipo sustituido
kW
SEERsi
Factor de eficiencia energética estacional del equipo
N sustituido7
W/W
SEERni
Factor de eficiencia energética estacional de la
bomba de calor N nueva8
W/W
hRi
Horas de funcionamiento en modo activo de
refrigeración
768 h/año
AER
Ahorro anual de energía final
kWh/año
Equipo
PFi
SEERsi
SEERni
hRi
AER
1
..N
TOTAL
4. RESULTADO DEL CÁLCULO
AETOTAL = AEC + AER
AEC
Ahorro anual de energía en calefacción
kWh/año
AER
Ahorro anual de energía en refrigeración
kW/año
AETOTAL
Ahorro anual de energía final total
kW/año
Di
Duración indicativa de la actuación9
años
6
Potencia nominal definida como capacidad de refrigeración o de calefacción del ciclo de compresión o del ciclo de
sorción del vapor de la unidad en condiciones estándar.
7
Para máquinas existentes se tomará un SEER=3.
8
Ver Anexos III.
9
Según Recomendación (UE) 2019/1658, de la Comisión, de 25 de septiembre, relativa a la transposición de la obligación
de ahorro de energía en virtud de la Directiva de eficiencia energética, o en su defecto, a criterio de la persona técnica
responsable. Valor requerido para fines administrativos (no utilizado en el cálculo del ahorro de energía).
cve: BOE-A-2023-22077
Verificable en https://www.boe.es
Donde:
Núm. 257
Viernes 27 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 142351
Donde:
N
Números de equipos sustituidos
PFi
Potencia en refrigeración demandada6 o potencia
nominal en refrigeración del equipo sustituido
kW
SEERsi
Factor de eficiencia energética estacional del equipo
N sustituido7
W/W
SEERni
Factor de eficiencia energética estacional de la
bomba de calor N nueva8
W/W
hRi
Horas de funcionamiento en modo activo de
refrigeración
768 h/año
AER
Ahorro anual de energía final
kWh/año
Equipo
PFi
SEERsi
SEERni
hRi
AER
1
..N
TOTAL
4. RESULTADO DEL CÁLCULO
AETOTAL = AEC + AER
AEC
Ahorro anual de energía en calefacción
kWh/año
AER
Ahorro anual de energía en refrigeración
kW/año
AETOTAL
Ahorro anual de energía final total
kW/año
Di
Duración indicativa de la actuación9
años
6
Potencia nominal definida como capacidad de refrigeración o de calefacción del ciclo de compresión o del ciclo de
sorción del vapor de la unidad en condiciones estándar.
7
Para máquinas existentes se tomará un SEER=3.
8
Ver Anexos III.
9
Según Recomendación (UE) 2019/1658, de la Comisión, de 25 de septiembre, relativa a la transposición de la obligación
de ahorro de energía en virtud de la Directiva de eficiencia energética, o en su defecto, a criterio de la persona técnica
responsable. Valor requerido para fines administrativos (no utilizado en el cálculo del ahorro de energía).
cve: BOE-A-2023-22077
Verificable en https://www.boe.es
Donde: