III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Certificados de Ahorro Energético. (BOE-A-2023-22077)
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se modifica el Anexo I de la Orden TED/845/2023, de 18 de julio, por la que se aprueba el catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257

Viernes 27 de octubre de 2023

FP

1 / ηi

1 / SCOPACS

DACS

Sec. III. Pág. 142334

AEACS

4. RESULTADO DEL CÁLCULO
El ahorro anual de energía total será la suma de los ahorros de energía en
calefacción y agua caliente sanitaria.
AEC

Total de energía final al año en calefacción

kWh/año

AEACS

Total de energía final al año en agua caliente
sanitaria

kWh/año

AETOTAL

Ahorro anual de energía final total

kWh/año

Di

Duración indicativa de la actuación6

años

AEC

AEACS

AETOTAL

Di

Persona técnica responsable
NIF/NIE
Firma electrónica

5. DOCUMENTACIÓN PARA JUSTIFICAR LOS AHORROS DE LA
ACTUACIÓN Y SU REALIZACIÓN
1. Ficha con las tablas cumplimentadas indicando en el apartado 3 los datos
necesarios para el cálculo del ahorro energético y en el apartado 4 el resultado
del cálculo según la metodología indicada en la ficha, así como aquellos anexos
necesarios para dar soporte al cálculo.
2. Declaración responsable formalizada por el propietario inicial del ahorro
misma actuación según el modelo del Anexo I de esta ficha.
3. Facturas justificativas7 de la inversión realizada.

6

Según Recomendación (UE) 2019/1658, de la Comisión, de 25 de septiembre, relativa a la transposición de la obligación
de ahorro de energía en virtud de la Directiva de eficiencia energética, o en su defecto a criterio del técnico responsable.
7

Todas las facturas deben contener, como mínimo, los datos y requisitos exigidos por la Agencia Tributaria.

cve: BOE-A-2023-22077
Verificable en https://www.boe.es

de energía final referida a la solicitud y/u obtención de ayudas públicas para la