III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-22064)
Resolución de 19 de octubre de 2023, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Asociación de Empresas de Electrónica, Tecnologías de la Información, Telecomunicaciones y Contenidos Digitales-Ametic, para la organización de una misión inversa de prescriptores de opinión y autoridades del sector de la industria digital a celebrar en 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257
Viernes 27 de octubre de 2023
Segunda.
Sec. III. Pág. 142122
Obligaciones de las Partes.
A tenor de lo expuesto, para la realización de la Misión Inversa referida en la cláusula
anterior, ambas Partes trabajarán, de forma conjunta en:
– Realización del programa general de la Misión Inversa.
– Definir los países objetivo de la Misión Inversa.
– Preparar un presupuesto previo de la Misión Inversa
– Captación de los participantes en la Misión Inversa.
– En todas las referencias, actos, reseñas periodísticas o publicaciones relacionadas con
la Misión Inversa a realizar en el marco del presente Convenio, las Partes se preocuparán de
que se mencione expresamente la colaboración de las mismas y figurarán sus logotipos.
– Difundir a través de sus canales habituales, y con la intensidad que estime
conveniente, la Misión Inversa que se realice al amparo del presente Convenio.
– Para el correcto seguimiento del desarrollo de la Misión Inversa, realizarán un
seguimiento y evaluación de la misma.
De forma individual, las Partes se comprometen:
a)
Por parte del Colaborador Sectorial:
– Convocar, bajo la supervisión de ICEX, a los participantes españoles en la Misión
Inversa.
– Logística de los desplazamientos y alojamientos de los participantes en la misión,
así como también del resto de actividades asociadas a la ejecución de la Misión Inversa.
– Acompañamiento y programación de las agendas de los participantes integrantes
de la Misión Inversa.
– Preparación de una memoria económica, y una memoria técnica en la que se
describan las tareas realizadas en la Misión Inversa organizada al amparo del presente
Convenio.
b)
Por parte de ICEX:
– Convocar, a través de las Ofecomes en su caso, a los participantes extranjeros en
la Misión Inversa.
– Seguimiento y supervisión de las agendas de los invitados.
– Seguimiento y supervisión de la organización de cada una de las actividades
relacionadas con la Misión Inversa que se lleven a cabo bajo el presente Convenio.
– Poner a disposición sus instalaciones de la sede central, a poder ser el auditorio,
para las jornadas de encuentros bilaterales a realizar en el marco de la Misión Inversa.
Tercera.
Compromiso económico.
El presupuesto total establecido para la Misión Inversa objeto de este Convenio es
de hasta veinte mil euros (20.000 €), de los cuales:
Por su parte, el Colaborador Sectorial contribuiría con unas actuaciones
cuantificables económicamente en cinco mil quinientos euros (5.500 €) referidas a (i)
selección de participantes españoles y extranjeros; (ii) organización de la agenda de
cada integrante; (iii) actuaciones de publicidad y promoción de la actividad; y (iv)
coordinación con la agencia de viajes para la tramitación de los desplazamientos y la
estancia de los invitados.
cve: BOE-A-2023-22064
Verificable en https://www.boe.es
– ICEX financiará el 100 % de los gastos incurridos elegibles, definidos en el
apartado 4.1 del Convenio, que hayan sido generados por la Misión Inversa ejecutada.
Núm. 257
Viernes 27 de octubre de 2023
Segunda.
Sec. III. Pág. 142122
Obligaciones de las Partes.
A tenor de lo expuesto, para la realización de la Misión Inversa referida en la cláusula
anterior, ambas Partes trabajarán, de forma conjunta en:
– Realización del programa general de la Misión Inversa.
– Definir los países objetivo de la Misión Inversa.
– Preparar un presupuesto previo de la Misión Inversa
– Captación de los participantes en la Misión Inversa.
– En todas las referencias, actos, reseñas periodísticas o publicaciones relacionadas con
la Misión Inversa a realizar en el marco del presente Convenio, las Partes se preocuparán de
que se mencione expresamente la colaboración de las mismas y figurarán sus logotipos.
– Difundir a través de sus canales habituales, y con la intensidad que estime
conveniente, la Misión Inversa que se realice al amparo del presente Convenio.
– Para el correcto seguimiento del desarrollo de la Misión Inversa, realizarán un
seguimiento y evaluación de la misma.
De forma individual, las Partes se comprometen:
a)
Por parte del Colaborador Sectorial:
– Convocar, bajo la supervisión de ICEX, a los participantes españoles en la Misión
Inversa.
– Logística de los desplazamientos y alojamientos de los participantes en la misión,
así como también del resto de actividades asociadas a la ejecución de la Misión Inversa.
– Acompañamiento y programación de las agendas de los participantes integrantes
de la Misión Inversa.
– Preparación de una memoria económica, y una memoria técnica en la que se
describan las tareas realizadas en la Misión Inversa organizada al amparo del presente
Convenio.
b)
Por parte de ICEX:
– Convocar, a través de las Ofecomes en su caso, a los participantes extranjeros en
la Misión Inversa.
– Seguimiento y supervisión de las agendas de los invitados.
– Seguimiento y supervisión de la organización de cada una de las actividades
relacionadas con la Misión Inversa que se lleven a cabo bajo el presente Convenio.
– Poner a disposición sus instalaciones de la sede central, a poder ser el auditorio,
para las jornadas de encuentros bilaterales a realizar en el marco de la Misión Inversa.
Tercera.
Compromiso económico.
El presupuesto total establecido para la Misión Inversa objeto de este Convenio es
de hasta veinte mil euros (20.000 €), de los cuales:
Por su parte, el Colaborador Sectorial contribuiría con unas actuaciones
cuantificables económicamente en cinco mil quinientos euros (5.500 €) referidas a (i)
selección de participantes españoles y extranjeros; (ii) organización de la agenda de
cada integrante; (iii) actuaciones de publicidad y promoción de la actividad; y (iv)
coordinación con la agencia de viajes para la tramitación de los desplazamientos y la
estancia de los invitados.
cve: BOE-A-2023-22064
Verificable en https://www.boe.es
– ICEX financiará el 100 % de los gastos incurridos elegibles, definidos en el
apartado 4.1 del Convenio, que hayan sido generados por la Misión Inversa ejecutada.