II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2 y C1. (BOE-A-2023-22033)
Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257
Viernes 27 de octubre de 2023
Sec. II.B. Pág. 141879
CAPITANÍA MARÍTIMA DE ALICANTE
N.º
plazas
Código
puesto
21
1
2521947
Denominación del
puesto de trabajo
INSPECTOR /
INSPECTORA DE
SEGURIDAD
MARITIMA
Provincia/Localidad
- ALICANTE
- ALACANT ALACANT/
ALICANTE
Nv/
CD
CE
GR/
SB
ADM
Cuerpo
26
12.350,94
A1
A3
EX11
Tit.
req.
1240
A042
Form.
req.
Observ.
Información relacionada con el puesto de trabajo
Descripción del puesto de trabajo:
- Realizar inspecciones a buques, embarcaciones e instalaciones previstas en el
reglamento de inspección y certificación de buques civiles, Real Decreto 1837/2000 de 10
de noviembre en cualquier Capitanía Marítima.
- Apoyo al Coordinador en la supervisión de la actuación de Inspectores de Seguridad
Marítima en la realización de las actividades inspectoras previstas en los reglamentos y
normativa vigentes.
- Elaboración de informes y emisión de las certificaciones de buques civiles y
embarcaciones previstas en el ordenamiento jurídico.
- Realizar los reconocimientos recogidos en el Real Decreto 733/2019, de 20 de diciembre
sobre un sistema de inspecciones para garantizar la seguridad den la explotación de
buques de pasaje de transbordo rodado y naves de pasaje de gran velocidad en servicio
regular, y por el que se modifica el Reglamento por el que se regulan las inspecciones de
buques extranjeros en puertos españoles aprobado por el real Decreto 1737/2010, de 23
de diciembre.
- Propuesta de incoación de expedientes administrativos sancionadores en el marco de lo
dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y la Marina Mercante R.
Decreto Legislativo 2/2011 de 5 de septiembre. Instrucción de los mismos.
- Asistir como experto en materia de seguridad marítima a reuniones nacionales e
internacionales y formar a nuevos inspectores o tutelar a los mismos.
Cursos de formación:
- Área de conocimiento técnico-marítima
Méritos específicos:
1. Experiencia en tareas similares a las de la Función 1 (máx: 5,00 pts.).
2. Experiencia en tareas similares a las de la Función 2 (máx: 5,00 pts.).
3. Experiencia en tareas similares a las de la Función 3 (máx: 5,00 pts.).
4. Experiencia en tareas similares a las de la Función 4 (máx: 5,00 pts.).
5. Experiencia en tareas similares a las de la Función 5 (máx: 5,00 pts.).
M/E
cve: BOE-A-2023-22033
Verificable en https://www.boe.es
N.º
orden
Núm. 257
Viernes 27 de octubre de 2023
Sec. II.B. Pág. 141879
CAPITANÍA MARÍTIMA DE ALICANTE
N.º
plazas
Código
puesto
21
1
2521947
Denominación del
puesto de trabajo
INSPECTOR /
INSPECTORA DE
SEGURIDAD
MARITIMA
Provincia/Localidad
- ALICANTE
- ALACANT ALACANT/
ALICANTE
Nv/
CD
CE
GR/
SB
ADM
Cuerpo
26
12.350,94
A1
A3
EX11
Tit.
req.
1240
A042
Form.
req.
Observ.
Información relacionada con el puesto de trabajo
Descripción del puesto de trabajo:
- Realizar inspecciones a buques, embarcaciones e instalaciones previstas en el
reglamento de inspección y certificación de buques civiles, Real Decreto 1837/2000 de 10
de noviembre en cualquier Capitanía Marítima.
- Apoyo al Coordinador en la supervisión de la actuación de Inspectores de Seguridad
Marítima en la realización de las actividades inspectoras previstas en los reglamentos y
normativa vigentes.
- Elaboración de informes y emisión de las certificaciones de buques civiles y
embarcaciones previstas en el ordenamiento jurídico.
- Realizar los reconocimientos recogidos en el Real Decreto 733/2019, de 20 de diciembre
sobre un sistema de inspecciones para garantizar la seguridad den la explotación de
buques de pasaje de transbordo rodado y naves de pasaje de gran velocidad en servicio
regular, y por el que se modifica el Reglamento por el que se regulan las inspecciones de
buques extranjeros en puertos españoles aprobado por el real Decreto 1737/2010, de 23
de diciembre.
- Propuesta de incoación de expedientes administrativos sancionadores en el marco de lo
dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y la Marina Mercante R.
Decreto Legislativo 2/2011 de 5 de septiembre. Instrucción de los mismos.
- Asistir como experto en materia de seguridad marítima a reuniones nacionales e
internacionales y formar a nuevos inspectores o tutelar a los mismos.
Cursos de formación:
- Área de conocimiento técnico-marítima
Méritos específicos:
1. Experiencia en tareas similares a las de la Función 1 (máx: 5,00 pts.).
2. Experiencia en tareas similares a las de la Función 2 (máx: 5,00 pts.).
3. Experiencia en tareas similares a las de la Función 3 (máx: 5,00 pts.).
4. Experiencia en tareas similares a las de la Función 4 (máx: 5,00 pts.).
5. Experiencia en tareas similares a las de la Función 5 (máx: 5,00 pts.).
M/E
cve: BOE-A-2023-22033
Verificable en https://www.boe.es
N.º
orden