II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-21872)
Resolución de 5 de octubre de 2023, de la Universidad de A Coruña, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica de Grado Medio.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 25 de octubre de 2023

Sec. II.B. Pág. 140618

jurada o promesa de no estar separado/a de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el/la aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
b) Los/as aspirantes extranjeros/as que estén exentos/as de la realización de la
prueba previa de acreditación del conocimiento del castellano establecida en la base 8
de esta convocatoria, acompañarán para tal efecto la fotocopia compulsada de los
diplomas básico o superior de español como lengua extranjera o del certificado de
aptitud en español para extranjeros/as expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.
De no aportar esta certificación no podrán ser declarados/as exentos/as, por lo que
deberán realizar la prueba a la que se refieren estas bases.
c) Fotocopia de la titulación académica requerida.
d) Celga 4 o equivalente, debidamente homologado por el órgano competente en
materia de política lingüística de la Xunta de Galicia, al objeto de quedar exentas de la
realización del primer ejercicio.
e) Las personas aspirantes por el turno libre deberán justificar el pago con el
documento bancario acreditativo de que se abonaron los derechos de examen que
ascienden a 38,02 euros para el subgrupo A2, que se ingresarán en el Banco Santander
Central Hispano en la cuenta IBAN ES76 0049-5030-15-2516011262.
Según el artículo 23.5 de la Ley 6/2003, del 9 de diciembre, de tasas, precios y
exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, estarán exentas del
pago de la tasa por derechos de examen aquellas personas que tengan reconocida una
discapacidad igual o superior al 33 %. También estarán exentas del pago, las personas
que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial.
Asimismo, disfrutarán de una bonificación del 50 % de la tasa, los miembros de familias
numerosas de categoría general y las víctimas de terrorismo, entendiendo por tales, para los
efectos regulados en este punto, las personas que sufriesen daños físicos o psíquicos a
consecuencia de la actividad terrorista, su cónyuge o persona que conviviese con análoga
relación de afectividad, y los hijos de las personas heridas o fallecidas. Estas circunstancias
deberán ser acreditadas documentalmente junto con la solicitud, presentando copia de la
calificación de la discapacidad, del carné de familia numerosa según corresponda o
resolución administrativa que reconozca la condición de víctima de terrorismo. También
gozarán de dicha bonificación las personas que figuren como demandantes de empleo
desde, por lo menos, los seis meses anteriores a la fecha de la publicación en el DOG de la
convocatoria de las pruebas selectivas en que soliciten su participación y no estén
percibiendo prestación o subsidio por desempleo. El certificado relativo a la condición de
demandante de empleo y de que no está percibiendo prestación o subsidio de desempleo,
con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá la sustitución
del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Serán excluidas todas aquellas personas aspirantes que no presenten el documento
referido en el apartado 1.1.a), o no abonen los derechos de examen y no presenten el
justificante de bonificación o exención dentro del plazo habilitado para la presentación de
solicitudes. No se concederá ningún plazo adicional para el abono de los derechos de
examen.
Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a las personas
aspirantes que sean excluidas por causas no imputables a ellas.
1.2 Las solicitudes se dirigirán al gerente de la Universidad de A Coruña en el plazo
de veinte días hábiles que contarán a partir del siguiente al de la publicación de esta
convocatoria en el «Diario Oficial de Galicia».
La presentación de las solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad
de A Coruña (Edificio del Rectorado, calle de la Maestranza 9, 15001 A Coruña), en los
registros auxiliares (Campus de la Zapateira, A Coruña y Edificio de Usos Administrativos
en el Campus de Esteiro, Ferrol), o en las restantes formas previstas en el artículo 16 de
la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.

cve: BOE-A-2023-21872
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 255