III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-21921)
Resolución de 17 de octubre de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Asociación Cultural Besarilia, para la realización de una actividad cultural en el Museo Nacional del Romanticismo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255
Miércoles 25 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 141208
La propia Comisión, una vez constituida, decidirá su régimen de reuniones y de
adopción válida de acuerdos.
En todo caso, podrá celebrar sus sesiones y adoptar acuerdos a tanto de forma
presencial como a distancia, siempre que se aseguren por medios electrónicos la
identidad de sus representantes. A tal efecto se consideran como medios electrónicos
válidos, además, de los medios telefónicos, el correo electrónico, las audioconferencias y
las videoconferencias.
Novena.
Régimen jurídico y jurisdicción.
1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto
en el capítulo sexto del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
2. Las cuestiones litigiosas que puedan surgir de su interpretación, modificación,
efectos o resolución, se sustanciarán conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Décima. Transparencia y acceso a la información pública.
El Convenio suscrito será puesto a disposición de los ciudadanos en el
correspondiente Portal de Transparencia en aplicación de lo dispuesto en la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno y demás
normativa de desarrollo de la misma.
cve: BOE-A-2023-21921
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad y aceptación, las partes firman el presente documento
por duplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el Ministerio de
Cultura y Deporte, el Director General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, Isaac Sastre
de Diego.–Por la Asociación Cultural Besarilia, la Presidenta, Diana Torres Bacilieri.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 255
Miércoles 25 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 141208
La propia Comisión, una vez constituida, decidirá su régimen de reuniones y de
adopción válida de acuerdos.
En todo caso, podrá celebrar sus sesiones y adoptar acuerdos a tanto de forma
presencial como a distancia, siempre que se aseguren por medios electrónicos la
identidad de sus representantes. A tal efecto se consideran como medios electrónicos
válidos, además, de los medios telefónicos, el correo electrónico, las audioconferencias y
las videoconferencias.
Novena.
Régimen jurídico y jurisdicción.
1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto
en el capítulo sexto del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
2. Las cuestiones litigiosas que puedan surgir de su interpretación, modificación,
efectos o resolución, se sustanciarán conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Décima. Transparencia y acceso a la información pública.
El Convenio suscrito será puesto a disposición de los ciudadanos en el
correspondiente Portal de Transparencia en aplicación de lo dispuesto en la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno y demás
normativa de desarrollo de la misma.
cve: BOE-A-2023-21921
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad y aceptación, las partes firman el presente documento
por duplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el Ministerio de
Cultura y Deporte, el Director General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, Isaac Sastre
de Diego.–Por la Asociación Cultural Besarilia, la Presidenta, Diana Torres Bacilieri.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X