III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-21916)
Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de Cimodin, SL.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255
Miércoles 25 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 141161
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
21916
Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de Cimodin, SL.
Visto el texto del IV Convenio colectivo de la empresa Cimodin, SL (código de
convenio n.º 90101742012014), que fue suscrito con fecha 1 de junio de 2023 de una
parte, por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma
y de otra, por el Comité Intercentros, en representación de los trabajadores afectados, y
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto
de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015,
de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre
registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de
igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 10 de octubre de 2023.–El Director General de Trabajo, Ricardo Morón
Prieto.
CONVENIO COLECTIVO DE CIMODIN, SL
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.
Ámbito territorial.
El presente convenio colectivo será de aplicación a todos los centros de trabajo que
la empresa Cimodin, SL, tiene en la actualidad en todo el territorio del Estado Español.
El convenio será de aplicación a todas las personas trabajadoras por cuenta ajena
que presten sus servicios para la empresa, cualquiera que sea el puesto de trabajo que
desempeñen.
No será de aplicación el presente convenio a las personas que se encuentren
comprendidas en alguno de los supuestos regulados en los artículos 1.3 y 2. del Real
Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
cve: BOE-A-2023-21916
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2. Ámbito funcional.
Núm. 255
Miércoles 25 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 141161
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
21916
Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de Cimodin, SL.
Visto el texto del IV Convenio colectivo de la empresa Cimodin, SL (código de
convenio n.º 90101742012014), que fue suscrito con fecha 1 de junio de 2023 de una
parte, por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma
y de otra, por el Comité Intercentros, en representación de los trabajadores afectados, y
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto
de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015,
de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre
registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de
igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 10 de octubre de 2023.–El Director General de Trabajo, Ricardo Morón
Prieto.
CONVENIO COLECTIVO DE CIMODIN, SL
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.
Ámbito territorial.
El presente convenio colectivo será de aplicación a todos los centros de trabajo que
la empresa Cimodin, SL, tiene en la actualidad en todo el territorio del Estado Español.
El convenio será de aplicación a todas las personas trabajadoras por cuenta ajena
que presten sus servicios para la empresa, cualquiera que sea el puesto de trabajo que
desempeñen.
No será de aplicación el presente convenio a las personas que se encuentren
comprendidas en alguno de los supuestos regulados en los artículos 1.3 y 2. del Real
Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
cve: BOE-A-2023-21916
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2. Ámbito funcional.