II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-21824)
Resolución de 3 de octubre de 2023, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas de Administrativo PB, Nivel C.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 254
Martes 24 de octubre de 2023
7.2.4.2
Sec. II.B. Pág. 140342
Segunda prueba (hasta un máximo de 40 puntos):
Se calificará de 0 a 40 puntos.
La prueba será eliminatoria, quedando eliminadas las personas aspirantes que no
alcancen, al menos, la mitad de la puntuación asignada al ejercicio.
7.3 Concluida la calificación de cada prueba, el tribunal publicará en el tablón
electrónico de la Universidad Pública de Navarra, las puntuaciones obtenidas por las
personas aspirantes y abrirá un plazo de cinco días hábiles, para que las personas
interesadas puedan alegar, de forma telemática, lo que a su derecho convenga.
7.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviere conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá
proponer su exclusión al Gerente de la Universidad, comunicándole asimismo las
inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de
admisión a las pruebas, a los efectos procedentes.
8.
Puntuación final
8.1 La calificación final será la suma de la puntuación resultante de las pruebas.
8.2 Los empates que se produzcan se dirimirán a favor de quienes obtengan mayor
puntuación en la segunda prueba; y en caso de ser coincidente, se tomarán en
consideración las puntuaciones obtenidas en el segundo ejercicio de la primera prueba, y
en el primer ejercicio de la primera prueba, por ese orden.
De permanecer el empate se resolverá mediante un único sorteo celebrado en acto
público convocado al efecto. Los resultados del mismo se harán públicos en el tablón de
anuncios de la Universidad Pública de Navarra.
8.3 Una vez terminada la última prueba, el tribunal calificador publicará la relación
de personas aprobadas con las calificaciones obtenidas, distribuidas por turnos y por
orden de puntuación alcanzada, comunicando dicha relación al Servicio de Recursos
Humanos de la Universidad Pública de Navarra a fin de efectuar los trámites de
acreditación de requisitos y de elección de vacantes.
9.
Acreditación de requisitos y acto de elección de vacantes
9.1 Se abrirá un plazo de diez días hábiles para la presentación, a través de la vía
que a tal efecto se establezca, de la documentación que acredite estar en posesión de
los siguientes requisitos:
9.2 El Servicio de Recursos Humanos de la Universidad Pública de Navarra
convocará a través del tablón electrónico de la Universidad Pública de Navarra el acto de
elección de vacantes, mediante la publicación de la relación de las plazas vacantes a
elegir por los aspirantes, del listado de personas aspirantes convocadas a la elección, en
el número que se establezca en atención al número de plazas vacantes determinadas,
siguiendo el orden de preferencia que tienen en la elección de vacantes, por orden de
puntuación, y del plazo de diez días hábiles que se concede para la elección de las
vacantes.
cve: BOE-A-2023-21824
Verificable en https://www.boe.es
a) Original o copia cotejada del título exigido en la base 2.1.1 c) o de los resguardos
de haber satisfecho los derechos para su obtención.
b) Las personas que aspiren a plazas con requisito de idiomas, deberán aportar
original o copia cotejada de cualquiera de los títulos o certificados acreditativos del nivel
requerido, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas, de los
relacionados en la Resolución 210/2010, de 13 de septiembre, del Director Gerente del
Instituto Navarro de Administración Pública, o de titulación reconocida oficialmente
equivalente, conforme a lo dispuesto en el apartado 2.1.4 de la presente convocatoria.
Núm. 254
Martes 24 de octubre de 2023
7.2.4.2
Sec. II.B. Pág. 140342
Segunda prueba (hasta un máximo de 40 puntos):
Se calificará de 0 a 40 puntos.
La prueba será eliminatoria, quedando eliminadas las personas aspirantes que no
alcancen, al menos, la mitad de la puntuación asignada al ejercicio.
7.3 Concluida la calificación de cada prueba, el tribunal publicará en el tablón
electrónico de la Universidad Pública de Navarra, las puntuaciones obtenidas por las
personas aspirantes y abrirá un plazo de cinco días hábiles, para que las personas
interesadas puedan alegar, de forma telemática, lo que a su derecho convenga.
7.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviere conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá
proponer su exclusión al Gerente de la Universidad, comunicándole asimismo las
inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de
admisión a las pruebas, a los efectos procedentes.
8.
Puntuación final
8.1 La calificación final será la suma de la puntuación resultante de las pruebas.
8.2 Los empates que se produzcan se dirimirán a favor de quienes obtengan mayor
puntuación en la segunda prueba; y en caso de ser coincidente, se tomarán en
consideración las puntuaciones obtenidas en el segundo ejercicio de la primera prueba, y
en el primer ejercicio de la primera prueba, por ese orden.
De permanecer el empate se resolverá mediante un único sorteo celebrado en acto
público convocado al efecto. Los resultados del mismo se harán públicos en el tablón de
anuncios de la Universidad Pública de Navarra.
8.3 Una vez terminada la última prueba, el tribunal calificador publicará la relación
de personas aprobadas con las calificaciones obtenidas, distribuidas por turnos y por
orden de puntuación alcanzada, comunicando dicha relación al Servicio de Recursos
Humanos de la Universidad Pública de Navarra a fin de efectuar los trámites de
acreditación de requisitos y de elección de vacantes.
9.
Acreditación de requisitos y acto de elección de vacantes
9.1 Se abrirá un plazo de diez días hábiles para la presentación, a través de la vía
que a tal efecto se establezca, de la documentación que acredite estar en posesión de
los siguientes requisitos:
9.2 El Servicio de Recursos Humanos de la Universidad Pública de Navarra
convocará a través del tablón electrónico de la Universidad Pública de Navarra el acto de
elección de vacantes, mediante la publicación de la relación de las plazas vacantes a
elegir por los aspirantes, del listado de personas aspirantes convocadas a la elección, en
el número que se establezca en atención al número de plazas vacantes determinadas,
siguiendo el orden de preferencia que tienen en la elección de vacantes, por orden de
puntuación, y del plazo de diez días hábiles que se concede para la elección de las
vacantes.
cve: BOE-A-2023-21824
Verificable en https://www.boe.es
a) Original o copia cotejada del título exigido en la base 2.1.1 c) o de los resguardos
de haber satisfecho los derechos para su obtención.
b) Las personas que aspiren a plazas con requisito de idiomas, deberán aportar
original o copia cotejada de cualquiera de los títulos o certificados acreditativos del nivel
requerido, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas, de los
relacionados en la Resolución 210/2010, de 13 de septiembre, del Director Gerente del
Instituto Navarro de Administración Pública, o de titulación reconocida oficialmente
equivalente, conforme a lo dispuesto en el apartado 2.1.4 de la presente convocatoria.