V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2023-30895)
Resolución de 11 de septiembre de 2023, de la Delegación Territorial Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba, por la que se declara la Utilidad Pública, en concreto, del proyecto de de evacuación aéreo-subterránea de doble circuito, D/C, 66 y 132 KV, (Circuito de 132 KV), que va hasta el punto de conexión de la planta fotovoltaica en la subestación "CASILLAS" en el término municipal de córdoba, instalaciones a ubicar en fincas de los términos municipales de Guadalcázar (Córdoba) y Córdoba.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 24 de octubre de 2023

Sec. V-B. Pág. 50314

S.L., GUADAJOZ HIVE, S.L., BENILDE SOLAR, S.L.U. e ITAMAR SOLAR, S.L.U.
titulares de instalaciones de producción con permisos de acceso y de conexión
otorgados en el mismo punto de la red de distribución, en la subestación "Casillas",
aportaron un documento, suscrito por todos ellos, mediante el que declaran haber
alcanzado un acuerdo vinculante para las partes en relación con el uso compartido
de las infraestructuras de evacuación, lo que permitirá la evacuación en
agrupación de los proyectos que tienen el mismo nivel de tensión en la
Subestación "Casillas". A este respecto, en lo que afecta a las instalaciones
incluidas en la presente resolución, GUADAJOZ HIVE, S.L. y BENILDE SOLAR,
S.L.U comparten el uso del circuito de 132 KV de la línea aérea subterránea de
doble circuito, D/C, 66/132 KV, con destino en la subestación "Casillas", mientras
que LAS CORONADAS HIVE, S.L. e ITAMAR SOLAR, S.L.U., comparten el uso
del circuito de 66 KV de la misma línea aérea subterránea de doble circuito
mencionada.
El 5 de mayo de 2021, LAS CORONADAS HIVE, S.L. Y GUADAJOZ HIVE,
S.L. comunican el acuerdo entre ambas para que la titularidad del expediente
asociado a la línea de doble circuito, D/C, 66 y 132 KV (AT 15/2021) recaiga en un
solo titular, GUADAJOZ HIVE, S.L. El 15 de mayo de 2021 se hizo toma de razón
de la voluntad expresada por los promotores de que fuera la sociedad GUADAJOZ
HIVE, S.L. el titular único del proyecto de la línea y del expediente asignado al
mismo.
CUARTO. Con fecha de 11 de marzo de 2022 se resuelve por la Delegación
del Gobierno en Córdoba otorgar a la sociedad GUADAJOZ HIVE, S.L.,
Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción
correspondiente a la Línea Aérea Subterránea, de doble circuito, D/C, 66 y 132 KV,
para evacuación de las Plantas Solares Fotovoltaicas "Las Coronadas Hive" e
"Itamar" por el circuito de 66 KV, y de las Plantas Solares Fotovoltaicas "Guadajoz
Hive" y "Benilde" por el circuito de 132 KV.
QUINTO. El expediente para la Declaración, en concreto, de Utilidad Pública
de la línea de evacuación se sometió al trámite de información pública,
insertándose a tal efecto anuncio en el BOJA nº 143 de 27 de julio de 2022; en el
BOP de Córdoba número 146 de 29 de julio de 2022; en el BOE nº 194 de 13 de
agosto de 2022 y en el diario ABC Córdoba de 25 de julio de 2022. De igual forma
ha sido realizada la exposición pública de dicho anuncio en el tablón de anuncios
de los Ayuntamientos de Guadalcázar y Córdoba, publicado en el Portal de
Transparencia de la Junta de Andalucía y practicada la notificación individual a los
titulares afectados.
SEXTO. Que el 5 de octubre de 2022 se presentan alegaciones por Antonio A.
L., titular de las parcelas 23 y 52 de los polígonos 2 y 1 (en la primera parcela
figuran otros titulares sin que el reclamante señale que actúa en nombre de ellos).
En síntesis, después de recoger el artículo 161 del Real Decreto 1955/2000 que
lleva por rúbrica "Limitaciones a la constitución de servidumbre de paso", solicita
que la expropiación se haga en unos terrenos públicos sin uso o, en su caso, por la
lindes de sus parcelas. Por otra parte, también alega una serie de perjuicios
concretos (pérdida cultivo, sistemas de regadío...). Dichas alegaciones se
trasladan a los solicitantes de la Declaración de Utilidad Pública y al Servicio de
Energía de esta Delegación territorial.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO. Esta Delegación es competente para la tramitación y resolución del

cve: BOE-B-2023-30895
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 254