II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-21680)
Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Universidad de Santiago de Compostela, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 252
Sábado 21 de octubre de 2023
Sec. II.B. Pág. 139716
1.2 Cuando los plazos a los que se hace referencia en esta convocatoria se
expresen en días, se entenderá que estos son hábiles, excluyéndose del cómputo los
sábados y domingos y los declarados festivos, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 30 de la LPACAP. Se considerarán festivos a estos efectos los festivos locales
tanto de Santiago de Compostela como de Lugo, ampliándose en cualquier caso en
ambos campus el plazo establecido por un número de días igual al de los festivos
existentes.
1.3 La presente convocatoria comprende un concurso independiente de cada una
de las plazas convocadas.
1.4 El mes de agosto será inhábil para la publicación de convocatorias,
presentación de solicitudes, publicación de listas y para la reunión de las comisiones de
selección.
1.5 El plazo máximo para la resolución del concurso será de cuatro meses
contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado».
2.
Requisitos de las personas aspirantes
2.1 Para participar en estas pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos:
2.1.1
Requisitos generales.
a) Poseer la nacionalidad española o la de algún estado miembro de la Unión
Europea o país extranjero que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 88 de la LOSU, permita
el acceso al empleo público.
b) Cumplir los requisitos mínimos y máximos de edad legalmente establecidos para
el acceso a la administración pública.
c) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para
el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
d) No haber sido despedido o separado mediante expediente disciplinario de
ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
comunidades autónomas, ni estar en la situación de inhabilitación absoluta o especial
para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se
tratara de acceder a la misma categoría profesional a la que pertenecía.
En el caso de nacionales de otros estados, no estar inhabilitado o en situación
equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en el
Estado de procedencia el acceso al empleo público en los términos anteriores.
e) Acreditar, una vez nombrados/as funcionarios/as, un nivel de conocimiento de
las dos lenguas oficiales en la Universidad de Santiago de Compostela, de conformidad
con lo establecido en la legislación vigente.
f) Abonar las tasas previstas en la base 3.5.
Requisitos específicos.
a) Estar en posesión del título de doctor/a.
b) Disponer de la acreditación pertinente para el cuerpo de que se trate, de
conformidad con lo establecido en el Real Decreto 675/2023. En el caso de ser
funcionario/a del mismo cuerpo, no estar incurso en la prohibición del punto 4 del
artículo 9 de este Real Decreto.
Las personas acreditadas que sean nacionales de otros Estados no miembros de la
Unión Europea podrán tomar parte en los concursos de acceso y, en su caso, acceder a
la función pública cuando el Estado de su nacionalidad reconozca aptitud legal a los/as
españoles/as para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de
los/as funcionarios/as docentes en la universidad española.
cve: BOE-A-2023-21680
Verificable en https://www.boe.es
2.1.2
Núm. 252
Sábado 21 de octubre de 2023
Sec. II.B. Pág. 139716
1.2 Cuando los plazos a los que se hace referencia en esta convocatoria se
expresen en días, se entenderá que estos son hábiles, excluyéndose del cómputo los
sábados y domingos y los declarados festivos, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 30 de la LPACAP. Se considerarán festivos a estos efectos los festivos locales
tanto de Santiago de Compostela como de Lugo, ampliándose en cualquier caso en
ambos campus el plazo establecido por un número de días igual al de los festivos
existentes.
1.3 La presente convocatoria comprende un concurso independiente de cada una
de las plazas convocadas.
1.4 El mes de agosto será inhábil para la publicación de convocatorias,
presentación de solicitudes, publicación de listas y para la reunión de las comisiones de
selección.
1.5 El plazo máximo para la resolución del concurso será de cuatro meses
contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado».
2.
Requisitos de las personas aspirantes
2.1 Para participar en estas pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos:
2.1.1
Requisitos generales.
a) Poseer la nacionalidad española o la de algún estado miembro de la Unión
Europea o país extranjero que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 88 de la LOSU, permita
el acceso al empleo público.
b) Cumplir los requisitos mínimos y máximos de edad legalmente establecidos para
el acceso a la administración pública.
c) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para
el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
d) No haber sido despedido o separado mediante expediente disciplinario de
ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
comunidades autónomas, ni estar en la situación de inhabilitación absoluta o especial
para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se
tratara de acceder a la misma categoría profesional a la que pertenecía.
En el caso de nacionales de otros estados, no estar inhabilitado o en situación
equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en el
Estado de procedencia el acceso al empleo público en los términos anteriores.
e) Acreditar, una vez nombrados/as funcionarios/as, un nivel de conocimiento de
las dos lenguas oficiales en la Universidad de Santiago de Compostela, de conformidad
con lo establecido en la legislación vigente.
f) Abonar las tasas previstas en la base 3.5.
Requisitos específicos.
a) Estar en posesión del título de doctor/a.
b) Disponer de la acreditación pertinente para el cuerpo de que se trate, de
conformidad con lo establecido en el Real Decreto 675/2023. En el caso de ser
funcionario/a del mismo cuerpo, no estar incurso en la prohibición del punto 4 del
artículo 9 de este Real Decreto.
Las personas acreditadas que sean nacionales de otros Estados no miembros de la
Unión Europea podrán tomar parte en los concursos de acceso y, en su caso, acceder a
la función pública cuando el Estado de su nacionalidad reconozca aptitud legal a los/as
españoles/as para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de
los/as funcionarios/as docentes en la universidad española.
cve: BOE-A-2023-21680
Verificable en https://www.boe.es
2.1.2