III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-21728)
Resolución de 11 de octubre de 2023, del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., para la contratación precomercial de servicios de I+D en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 252

Sábado 21 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 139963

● El emblema de la Unión;
● Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto «Financiado por la Unión
Europea – NextGenerationEU»;
● Se usará también el logo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
disponible en el enlace https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
● Se tendrán en cuenta las normas gráficas del emblema de la Unión y los colores
normalizados establecidos en el anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014. También
se puede consultar la siguiente página web: http://publications.europa.eu/code/es/
es-5000100.htm y descargar distintos ejemplos del emblema en: https://europa.eu/
european-union/about- eu/symbols/flag_es#download.
Los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien visible y de
acceso al público.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-21728
Verificable en https://www.boe.es

inviertan en plantas que se dediquen de forma exclusiva al tratamiento de residuos
peligrosos no reciclables, ni en las plantas existentes, siempre y cuando las medidas
sufragadas tengan por objeto: incrementar la eficiencia energética, la captura de gases
de escape para su almacenamiento o utilización o recuperar materiales de las cenizas de
incineración; y, no supongan un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos o
una extensión de la vida útil de la planta.
– Aquellas en las que la eliminación a largo plazo de residuos puede causar daño al
medio ambiente.
– Las actividades objeto del presente convenio deberán cumplir con la legislación
medioambiental nacional y europea pertinente.
A fin de garantizar el cumplimiento de «no causar un perjuicio significativo» en los
pliegos de la licitación se podrá prever, cuando las circunstancias así lo requieran, que el
perceptor final de los fondos deberá presentar un nuevo informe que acredite que se
respeta el principio de «no causar un perjuicio significativo» en el sentido del artículo 17
del Reglamento (UE) 202/852. Asimismo, en función de las actuaciones a ejecutar y de
los compromisos DNSH asumidos, en la licitación se valorará si se exige declaración
responsable o análisis DNSH de conformidad con la Guía técnica de la Comisión sobre
la aplicación del principio «no causar un perjuicio significativo».
Las siguientes acciones de I+D+i deberán considerarse conformes con la Guía
Técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo»
(DOC 58, de 18 de febrero de 2021, p. 1): i) las acciones de I+D+i que den lugar a
resultados tecnológicamente neutros a nivel de su aplicación; ii) las acciones de I+D+i en
el marco de esta inversión que apoyen alternativas con bajo impacto ambiental, siempre
que dichas alternativas existan; o iii) las acciones de I+D+i en el marco de esta inversión
que se centren principalmente en el desarrollo de alternativas con el menor impacto
ambiental posible en el sector para aquellas actividades para las que no exista ninguna
alternativa de bajo impacto viable tecnológica y económicamente.
– Obligaciones en materia de información, comunicación y publicidad contempladas
en el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241, relativo al Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia, sobre la financiación de la Unión Europea de las medidas incluidas en el
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y en el artículo 9 de la Orden
HFP/1030/2021.
Las actuaciones objeto de la licitación desarrolladas al amparo de este convenio
estarán cofinanciadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
En la documentación administrativa para la gestión de expedientes correspondientes
a las actuaciones recogidas en este convenio se deberá incluir una mención a que el
expediente está financiado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Las partes deberán cumplir con las obligaciones de información y publicidad que las
autoridades competentes establezcan relativas a la financiación del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia. En las medidas de información y comunicación del convenio,
se deberán incluir los siguientes logos: