III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2023-21636)
Resolución 420/38410/2023, de 2 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Cartagena, para la adscripción del Centro Universitario de la Defensa de la Academia General del Aire y del Espacio de San Javier.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 251

Viernes 20 de octubre de 2023
Cuarta.

Sec. III. Pág. 139215

Aportaciones de la Universidad Politécnica de Cartagena.

1. La UPCT se compromete a que los estudios impartidos por el CUD-AGA
conducentes a la obtención de los títulos mencionados en la cláusula decimoctava,
tengan los mismos efectos académicos y profesionales que los cursados en los centros
propios de la UPCT.
2. Expedirá, en nombre de S.M. el Rey, los títulos oficiales correspondientes a las
enseñanzas impartidas por el CUD-AGA, en el marco del presente convenio.
3. Establecerá el procedimiento para el acceso del personal del CUD-AGA a los
cursos de formación organizados por ella.
4. Proporcionará al CUD-AGA, a través de sus servicios de Investigación y
Transferencia Tecnológica, apoyo y asesoramiento en el desarrollo de la actividad
investigadora del profesorado del CUD-AGA, estableciendo mecanismos que permitan la
integración del personal Docente e Investigador (PDI) del centro en los grupos de
investigación de la UPCT y en los proyectos de investigación derivados de la
colaboración mutua.
5. Prestará al CUD-AGA, a través de sus unidades de gestión y apoyo a la
actividad docente e investigadora (servicio de bibliotecas, informática, idiomas, calidad,
comité de ética, etc.), los apoyos precisos para alcanzar los fines descritos en la cláusula
primera de este convenio.
6. El asesoramiento y los apoyos recogidos en los apartados anteriores de la
presente cláusula tienen el objetivo de colaborar en la mejora de la docencia, la
investigación y transferencia, y la administración del CUD-AGA, sin que en ningún caso
pueda entenderse que configuran una relación laboral o contractual del personal del
CUD-AGA con la UPCT.
Quinta.

Delegado de la Universidad.

1. La vinculación académica entre la UPCT y el CUD-AGA se establece a través de
la figura del Delegado de la Universidad.
2. El Delegado de la Universidad será nombrado por el Rector entre el profesorado
con vinculación permanente a la UPCT con titulación de Doctor. Desempeñará la tarea
de coordinación con el centro en todo lo que se refiere a la gestión académica del
mismo.
3. El Delegado de la Universidad será conocedor en todo momento de la actividad
académica del CUD-AGA relacionada con los títulos universitarios oficiales impartidos
por este centro y expedidos por la UPCT.
4. Deberá mostrar su acuerdo con la programación docente y demás aspectos
académicos incluidos en la memoria anual elaborada por la dirección del CUD-AGA con
carácter previo a su elevación al Patronato. En el caso de que manifestara alguna
reserva al respecto, dejará constancia de la misma por escrito para su incorporación a la
citada memoria.
Sexta. Órganos de gobierno.

a) Colegiados: el Patronato y la Junta del CUD-AGA. El régimen jurídico y
funcionamiento de esta la Junta, se regirá por lo establecido en los artículos 15 y
siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
b) Unipersonales: el Director, el Subdirector, el Secretario y el Gerente del CUD-AGA.
2. La composición, funciones y funcionamiento de la Junta del CUD-AGA, así
como, las funciones de los órganos unipersonales serán establecidas en sus Normas de
Organización y Funcionamiento.

cve: BOE-A-2023-21636
Verificable en https://www.boe.es

1. Son órganos de gobierno y gestión del CUD-AGA los que seguidamente se
relacionan: