II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Especialidades sanitarias. (BOE-A-2023-21602)
Resolución 1842/2023, de 26 de septiembre, de la Dirección General de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, por la que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo de Jefe/a de Servicio Sanitario de Radiofísica Hospitalaria, en el Proyecto de Protonterapia de Euskadi.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 251
Viernes 20 de octubre de 2023
Sec. II.B. Pág. 139171
lo previsto en las bases de la convocatoria. En el anexo adjunto se recoge el baremo de
méritos de aplicación a estos procesos de provisión de jefaturas.
c) Acta y propuesta de nombramiento. En acta del Tribunal deberá recogerse
detalladamente la puntuación conferida por los miembros del Tribunal a cada candidato
en cada uno de los apartados del baremo, así como la puntuación final que el tribunal
otorgue a los mismos, debiendo recogerse asimismo en acta una breve exposición sobre
los aspectos que hayan servido de base al tribunal para otorgar sus puntuaciones tanto
al contenido de la memoria-proyecto de gestión del servicio presentada por cada
candidato, como de la exposición pública realizada, así como la asignación detallada de
puntos en los otros apartados.
d) Nombramiento. Para resultar nombrado se requerirá haber obtenido al menos la
mitad de la puntuación máxima del conjunto del proceso, y necesariamente la mitad de la
puntuación otorgada al apartado de la valoración del proyecto y su defensa.
Asimismo, el acta deberá recoger la propuesta de la Comisión de Valoración en favor
de la persona aspirante que haya obtenido la mayor puntuación.
7.
Resolución del procedimiento
Terminada la fase de evaluación de los proyectos presentados por las personas
aspirantes, así como de sus méritos curriculares, la Comisión de Valoración elevará
propuesta de nombramiento dirigida a la Dirección General de Osakidetza-Servicio
Vasco de Salud en favor de la persona aspirante que haya obtenido la mayor puntuación
con indicación desglosada de las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en cada
epígrafe del baremo. Si ninguna de las personas aspirantes reúne los requisitos exigidos
en la convocatoria, o no obtienen la puntuación mínima requerida, la Comisión de
Valoración propondrá que se declare desierta la convocatoria. Dicha propuesta será
publicada en la página web de Osakidetza.
La Dirección General de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, en vista de la
propuesta efectuada, dictará resolución nombrando a la persona aspirante propuesta
para la cobertura del puesto convocado o la declarará desierta. En este último caso
deberá indicar la causa que deberá ser por alguna de las siguientes:
a) Falta de presentación de personas aspirantes.
b) Ninguna de las personas aspirantes reúne los requisitos exigidos en las bases
de la convocatoria.
c) Ninguna de las personas aspirantes ha obtenido la puntuación mínima requerida.
En el supuesto del apartado a) anterior la Dirección General de Osakidetza-Servicio
Vasco de Salud podrá declarar desierta la convocatoria tras la aprobación de la relación
definitiva de personas admitidas y excluidas, sin necesidad de más trámites.
La resolución de nombramiento se notificará a los interesados y se publicará en el
«Boletín Oficial del País Vasco» y en la página web de Osakidetza y contra la misma
podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Administración del ente público
Osakidetza.
Efectos de la adjudicación
El puesto de Jefatura de Servicio dará lugar a nombramiento temporal por un plazo
de cuatro años, prorrogables en función de lo establecido en el artículo 28, norma
tercera, de la Ley 8/1997, de 26 de junio (BOPV núm. 138, de 21 de julio), de
Ordenación Sanitaria de Euskadi.
9.
Recursos contra la presente resolución
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada, ante el Consejo
de Administración del ente público Osakidetza, en el plazo de un mes contado a partir
cve: BOE-A-2023-21602
Verificable en https://www.boe.es
8.
Núm. 251
Viernes 20 de octubre de 2023
Sec. II.B. Pág. 139171
lo previsto en las bases de la convocatoria. En el anexo adjunto se recoge el baremo de
méritos de aplicación a estos procesos de provisión de jefaturas.
c) Acta y propuesta de nombramiento. En acta del Tribunal deberá recogerse
detalladamente la puntuación conferida por los miembros del Tribunal a cada candidato
en cada uno de los apartados del baremo, así como la puntuación final que el tribunal
otorgue a los mismos, debiendo recogerse asimismo en acta una breve exposición sobre
los aspectos que hayan servido de base al tribunal para otorgar sus puntuaciones tanto
al contenido de la memoria-proyecto de gestión del servicio presentada por cada
candidato, como de la exposición pública realizada, así como la asignación detallada de
puntos en los otros apartados.
d) Nombramiento. Para resultar nombrado se requerirá haber obtenido al menos la
mitad de la puntuación máxima del conjunto del proceso, y necesariamente la mitad de la
puntuación otorgada al apartado de la valoración del proyecto y su defensa.
Asimismo, el acta deberá recoger la propuesta de la Comisión de Valoración en favor
de la persona aspirante que haya obtenido la mayor puntuación.
7.
Resolución del procedimiento
Terminada la fase de evaluación de los proyectos presentados por las personas
aspirantes, así como de sus méritos curriculares, la Comisión de Valoración elevará
propuesta de nombramiento dirigida a la Dirección General de Osakidetza-Servicio
Vasco de Salud en favor de la persona aspirante que haya obtenido la mayor puntuación
con indicación desglosada de las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en cada
epígrafe del baremo. Si ninguna de las personas aspirantes reúne los requisitos exigidos
en la convocatoria, o no obtienen la puntuación mínima requerida, la Comisión de
Valoración propondrá que se declare desierta la convocatoria. Dicha propuesta será
publicada en la página web de Osakidetza.
La Dirección General de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, en vista de la
propuesta efectuada, dictará resolución nombrando a la persona aspirante propuesta
para la cobertura del puesto convocado o la declarará desierta. En este último caso
deberá indicar la causa que deberá ser por alguna de las siguientes:
a) Falta de presentación de personas aspirantes.
b) Ninguna de las personas aspirantes reúne los requisitos exigidos en las bases
de la convocatoria.
c) Ninguna de las personas aspirantes ha obtenido la puntuación mínima requerida.
En el supuesto del apartado a) anterior la Dirección General de Osakidetza-Servicio
Vasco de Salud podrá declarar desierta la convocatoria tras la aprobación de la relación
definitiva de personas admitidas y excluidas, sin necesidad de más trámites.
La resolución de nombramiento se notificará a los interesados y se publicará en el
«Boletín Oficial del País Vasco» y en la página web de Osakidetza y contra la misma
podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Administración del ente público
Osakidetza.
Efectos de la adjudicación
El puesto de Jefatura de Servicio dará lugar a nombramiento temporal por un plazo
de cuatro años, prorrogables en función de lo establecido en el artículo 28, norma
tercera, de la Ley 8/1997, de 26 de junio (BOPV núm. 138, de 21 de julio), de
Ordenación Sanitaria de Euskadi.
9.
Recursos contra la presente resolución
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada, ante el Consejo
de Administración del ente público Osakidetza, en el plazo de un mes contado a partir
cve: BOE-A-2023-21602
Verificable en https://www.boe.es
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