III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-21558)
Resolución de 9 de octubre de 2023, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Diputación Provincial de Jaén, para la organización de un ciclo de conciertos, con ocasión del «XXVII Festival de Música Antigua de Úbeda y Baeza», enmarcado en la programación del Centro Nacional de Difusión Musical 2023-2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 250
Jueves 19 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 139039
Descuentos y promociones especiales (sólo Venta en Taquilla):
– Miembros asociaciones culturales de carácter musical: diez euros (10 €).
– Menores de 30 y mayores de 65 años: entrada única de cinco euros (5 €) para
todos los espectáculos de pago.
– Grada Universitaria: entrada única cinco euros (5 €) para miembros de la
comunidad universitaria que acrediten en tiempo y forma su pertenencia a la Universidad
de Jaén, la Universidad Internacional de Andalucía y el Centro Asociado de la UNED en
la provincia de Jaén.
b)
Gestión de la taquilla:
La Diputación, al no disponer de recursos suficientes para la venta de entradas de
los citados espectáculos, tiene la necesidad de contratación de una empresa que realice
los servicios de venta de entradas tanto anticipadas, por internet, como por taquilla, así
como el control de accesos los días de los citados espectáculos.
c)
Distribución de ingresos:
Los ingresos netos obtenidos con la organización de los conciertos (descontado
el IVA, derechos de autor, comisión por gestión de venta de entradas, cualquier otro
gasto que sea compartible u otro impuesto que pudiera determinar la legislación)
revertirán en un 60 % en la Diputación y en el 40 % restante en el CNDM y serán
abonados por la empresa contratada por la Diputación para la venta de entradas, tras
presentar la liquidación correspondiente, en la cuenta del INAEM IBAN número ES59
0182 2370 40 0200201218.
La Diputación se compromete a enviar al CNDM el justificante de haberse realizado
la transferencia bancaria por la cantidad fijada por distribución de ingresos a la cuenta
del INAEM una vez realizada ésta, estableciéndose un plazo máximo de diez días desde
la realización de la transferencia para el envío de dicha justificación.
La relación de los ingresos percibidos por la celebración de conciertos se aportará
por la contraparte a través de una aplicación o plataforma de gestión de entradas o
ingresos, o en su defecto, con las hojas de taquilla.
Quinta. Promoción y difusión.
Sexta. Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.
Se establece una Comisión de Seguimiento a la que le corresponde el control de las
actividades que deben desarrollarse en ejecución del presente Convenio así como
resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse, que
estará integrada por el/la titular de dirección del CNDM o persona en quien delegue; y
por la Diputación, el/la titular de dirección del Área de Cultura y Deportes de la
Diputación Provincial de Jaén o persona en quien delegue.
cve: BOE-A-2023-21558
Verificable en https://www.boe.es
Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de los
conciertos.
En toda la promoción y difusión de los conciertos que son objeto del presente
convenio habrá de figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas,
debiendo las partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la
inclusión de los citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en
que se han de incluir los mismos.
El material de difusión que generen las actividades descritas en la cláusula segunda
deberá ser sometido a revisión previa y autorización expresa del INAEM. A tal efecto, y
con antelación suficiente a su edición, se remitirán al Departamento de Comunicación
del CNDM las pruebas de los referidos materiales.
Núm. 250
Jueves 19 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 139039
Descuentos y promociones especiales (sólo Venta en Taquilla):
– Miembros asociaciones culturales de carácter musical: diez euros (10 €).
– Menores de 30 y mayores de 65 años: entrada única de cinco euros (5 €) para
todos los espectáculos de pago.
– Grada Universitaria: entrada única cinco euros (5 €) para miembros de la
comunidad universitaria que acrediten en tiempo y forma su pertenencia a la Universidad
de Jaén, la Universidad Internacional de Andalucía y el Centro Asociado de la UNED en
la provincia de Jaén.
b)
Gestión de la taquilla:
La Diputación, al no disponer de recursos suficientes para la venta de entradas de
los citados espectáculos, tiene la necesidad de contratación de una empresa que realice
los servicios de venta de entradas tanto anticipadas, por internet, como por taquilla, así
como el control de accesos los días de los citados espectáculos.
c)
Distribución de ingresos:
Los ingresos netos obtenidos con la organización de los conciertos (descontado
el IVA, derechos de autor, comisión por gestión de venta de entradas, cualquier otro
gasto que sea compartible u otro impuesto que pudiera determinar la legislación)
revertirán en un 60 % en la Diputación y en el 40 % restante en el CNDM y serán
abonados por la empresa contratada por la Diputación para la venta de entradas, tras
presentar la liquidación correspondiente, en la cuenta del INAEM IBAN número ES59
0182 2370 40 0200201218.
La Diputación se compromete a enviar al CNDM el justificante de haberse realizado
la transferencia bancaria por la cantidad fijada por distribución de ingresos a la cuenta
del INAEM una vez realizada ésta, estableciéndose un plazo máximo de diez días desde
la realización de la transferencia para el envío de dicha justificación.
La relación de los ingresos percibidos por la celebración de conciertos se aportará
por la contraparte a través de una aplicación o plataforma de gestión de entradas o
ingresos, o en su defecto, con las hojas de taquilla.
Quinta. Promoción y difusión.
Sexta. Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.
Se establece una Comisión de Seguimiento a la que le corresponde el control de las
actividades que deben desarrollarse en ejecución del presente Convenio así como
resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse, que
estará integrada por el/la titular de dirección del CNDM o persona en quien delegue; y
por la Diputación, el/la titular de dirección del Área de Cultura y Deportes de la
Diputación Provincial de Jaén o persona en quien delegue.
cve: BOE-A-2023-21558
Verificable en https://www.boe.es
Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de los
conciertos.
En toda la promoción y difusión de los conciertos que son objeto del presente
convenio habrá de figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas,
debiendo las partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la
inclusión de los citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en
que se han de incluir los mismos.
El material de difusión que generen las actividades descritas en la cláusula segunda
deberá ser sometido a revisión previa y autorización expresa del INAEM. A tal efecto, y
con antelación suficiente a su edición, se remitirán al Departamento de Comunicación
del CNDM las pruebas de los referidos materiales.