III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Zonas de interés para la Defensa Nacional. (BOE-A-2023-21513)
Real Decreto 788/2023, de 17 de octubre, por el que se declara zona de interés para la Defensa Nacional la propiedad denominada «Campamento Camposoto», localizada en el término municipal de San Fernando, en la provincia de Cádiz.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 249

Miércoles 18 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 138868

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE DEFENSA
21513

Real Decreto 788/2023, de 17 de octubre, por el que se declara zona de
interés para la Defensa Nacional la propiedad denominada «Campamento
Camposoto», localizada en el término municipal de San Fernando, en la
provincia de Cádiz.

La función de Defensa Nacional forma parte del contenido esencial de la dirección
política de Gobierno, y así lo expresa la Constitución en su artículo 149.1.4.ª, al atribuir al
Estado la competencia exclusiva de su defensa y al asignar al Gobierno la dirección de
esta función en el artículo 97.
Compete, por tanto, constitucionalmente al Gobierno dirigir la Política de Defensa y la
Política Militar y adoptar, en su consecuencia, las condiciones necesarias para su mejor
eficacia.
Esta eficacia viene recabando desde tiempo atrás, y hoy con mayor motivo y con
carácter ineludible, disponer sin perturbaciones de Bases y campos de entrenamiento
para el Ejército de Tierra, de modo que se alcancen con la máxima garantía los objetivos
de adiestramiento que aseguren el cumplimiento de las misiones que le son asignadas
en el artículo 15 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa
Nacional.
Con este propósito, y con el fin de preservar las instalaciones de cualquier actuación
que pudiera afectarlas, han sido adecuadamente ponderados los distintos intereses que
pueden incidir en la zona que se declara de interés para la Defensa Nacional y que se
extiende a las zonas ocupadas por la propiedad denominada «Campamento
Camposoto», ubicada en el término municipal de San Fernando, en la provincia de
Cádiz, comprendiendo tanto los límites de la propiedad dentro de las coordenadas que
se detallan en el anexo a este real decreto, como el espacio aéreo situado sobre la
misma.
La denominación de zonas de interés para la Defensa Nacional viene recogida en el
artículo segundo de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés
para la Defensa Nacional, y la declaración de dichas zonas se llevará a cabo mediante la
promulgación de un real decreto, de acuerdo con el artículo quinto de esta misma Ley.
La Comisión Interministerial de Defensa, que actúa por delegación del Consejo de
Defensa Nacional, adoptó, el 21 de septiembre de 2023, el acuerdo de aprobar la
propuesta de declaración de zona de interés para la Defensa Nacional de la propiedad
denominada «Campamento Camposoto».
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Defensa, y previa deliberación del
Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de octubre de 2023,
DISPONGO:
Declaración de zona de interés para la Defensa Nacional.

1. Se declara zona de interés para la Defensa Nacional la superficie de 144,3889
hectáreas, comprendida en las coordenadas que se detallan en el anexo a este real
decreto, en la que se encuentra la propiedad denominada «Campamento Camposoto»,
ubicada en el término municipal de San Fernando, en la provincia de Cádiz.
2. En dicha zona se considerarán prioritarios los intereses de la Defensa Nacional,
quedando bajo la responsabilidad y vigilancia del Ejército de Tierra, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 6 del Reglamento de ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo.

cve: BOE-A-2023-21513
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Artículo 1.