III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2023-21457)
Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Universidad Europea Miguel de Cervantes, para el desarrollo de prácticas académicas externas de sus estudiantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 248

Martes 17 de octubre de 2023

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matriculados o que se encuentren cursando estudios en la Universidad o en cualquier
centro adscrito a la misma en el Ministerio del Interior. Asimismo, establecer líneas de
colaboración entre el Ministerio del Interior y la Universidad para favorecer la realización
de Trabajos de Fin de Grado (TFG) y Trabajos de Fin de Máster (TFM) por parte de los
alumnos en el Ministerio del Interior.
Tercero.
En la cláusula del convenio relativa a la vigencia y entrada en vigor se indica que
tendrá una vigencia de cuatro años y que no obstante, las partes podrán acordar,
expresamente y por escrito, la prórroga del mismo por otros cuatro años adicionales.
Cuarto.
Ambas partes se encuentran satisfechas de los resultados alcanzados con dicho
convenio, reconocen mutuamente el buen cumplimiento y desean prorrogar el mismo.
Quinto.
Que con el fin de dar continuidad a la prestación del objeto de dicho convenio, las
partes firmantes de esta adenda de prórroga, estiman necesario continuar la
colaboración por el período de otros cuatro años.
Por lo expuesto, las partes en representación y con las facultades que sus
respectivos cargos les confieren, acuerdan suscribir la presente adenda que se regirá
por las siguientes
CLAUSULAS
Primera.

Objeto.

Las partes firmantes acuerdan la prórroga por cuatro años del convenio suscrito con
fecha 4 de octubre de 2019, entre el Ministerio del Interior y la Universidad Europea
Miguel de Cervantes, para el desarrollo de prácticas académicas externas de sus
estudiantes.
Segunda. Obligaciones.
Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones
objeto del citado convenio para dar continuidad al mismo. La presente adenda se regirá
por las cláusulas estipuladas en el convenio, formando parte integrante del mismo.
Eficacia.

La presente adenda de prorroga resultará eficaz una vez inscrita en el plazo de 5 días
hábiles desde su formalización en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos
de Cooperación del sector público estatal y será publicada en el «Boletín Oficial del Estado»
en el plazo de diez hábiles desde su formalización, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. A su vez, de acuerdo con la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno será
publicado en el Portal de Transparencia de la Administración General del Estado.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente adenda, en
lugar y fecha arriba indicados.–El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska
Gómez.–El Rector, David García López.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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Tercera.