III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-21455)
Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico y la Comunidad de Madrid, para el intercambio de información de datos del Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 248

Martes 17 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 138665

7.
Las partes firmantes del convenio quedan exoneradas de cualquier
responsabilidad que se pudiera generar por incumplimiento de las obligaciones
anteriores efectuada por cualquiera otra parte. En caso de quebrantamiento de las
obligaciones asumidas, la entidad que los hubiera cometido responderá de las
infracciones en que hubiera incurrido.
Decimocuarta.

Publicación en el Portal de la Transparencia.

Este convenio cuenta con consentimiento de las partes firmantes para que se le dé la
publicidad exigida por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Buen Gobierno, y se publique el texto definitivo en el Portal de la
Transparencia.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio.–La
Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. el Viceconsejero de Hacienda y
Función Pública, Juan Revuelta González.–Por la Jefatura Central de Tráfico, el Director
General de Tráfico, Pere Navarro Olivella.
ANEXO I
Documento técnico sobre tratamiento de datos personales

Los datos de carácter personal serán tratados por la Jefatura Central de Tráfico para
ser incorporados al sistema de tratamiento de datos de agentes externos en este caso,
de carácter tributario, cuya finalidad es permitir a la Jefatura Central de Tráfico verificar
por medios electrónicos la acreditación de las obligaciones fiscales en la transmisión de
vehículos a motor, obligación que se recoge en el anexo XIV del Real
Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General
de Vehículos.
Los datos de carácter personal no se prevé que sean comunicados a terceros, sin
perjuicio de las obligaciones legales que obliguen a la Jefatura Central de Tráfico a
comunicar los datos personales a terceros.
Se conservarán los datos durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad
para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se
pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. De conformidad con lo
dispuesto en la normativa de archivos y documentación, en concreto en la Resolución
de 30 de abril de 2019, conjunta de la Secretaría de Estado de Seguridad y de la
Subsecretaría, por la que se aprueban, revisan y actualizan las normas de conservación
y se autoriza la eliminación de series documentales del departamento (BOE de 15 de
junio de 2019), los expedientes de cambios de titularidad se conservarán por un plazo
mínimo de cinco años.
Los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de
limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas
únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, se pueden
ejercitar ante la el Delegado de Protección de Datos. C/ Josefa Valcárcel, 44, 3.ª planta.
Madrid 28071. Correo electrónico: protecciondedatos@dgt.es.
Puede obtener más información en http://www.interior.gob.es/web/servicios-alciudadano/participacion-ciudadana/proteccion-de-datos-de-caracter-personal/tutela-delos-derechos.

cve: BOE-A-2023-21455
Verificable en https://www.boe.es

1. Información sobre el tratamiento de los datos de carácter personal