III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Fundaciones. (BOE-A-2023-21387)
Resolución de 6 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Keymyr Llave de la Paz.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247

Lunes 16 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 138232

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
21387

Resolución de 6 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Keymyr Llave de la Paz.

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Keymyr Llave de la Paz.
Antecedentes de hecho
Primero.

Constitución de la Fundación.

La Fundación citada fue constituida por la entidad «Asociación Keymyr Llave de la
Paz», según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Madrid, don F. Javier
Barreiros Fernández, el 20 de octubre de 2022, con el número 2734 de protocolo,
subsanada por otra otorgada ante el mismo notario, el 13 de abril de 2023 protocolo 927.
Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Calle Juan Álvarez de
Mendizábal, n.º 44, 1.º Ext. Derecha, 28008 de Madrid y su ámbito de actuación se
extiende a todo el territorio del Reino de España.
Tercero.

Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
desembolsada totalmente según se acredita con certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Cuarto. Fines de la Fundación.
La defensa, atención y asistencia integral a personas necesitadas y en riesgo de
exclusión por razones económicas, sociales y/o por su condición de desplazados y/o
refugiados.
La defensa de la paz y de los derechos humanos.
Quinto. Patronos.

Presidente: Don Fernando Antolín García.
Vicepresidente: Don Andrea Maestri.
Secretario: Don Luis Fernández Vaquero.
Vocal: Don Óscar Sánchez Prieto.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas
anteriormente citadas.

cve: BOE-A-2023-21387
Verificable en https://www.boe.es

Don Fernando Antolín García, don Andrea Maestri, don Oscar Sánchez Prieto y don
Luis Fernandez Vaquero.
Cargos: