III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Fundaciones. (BOE-A-2023-21376)
Resolución de 27 de junio de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Confoedera España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247

Lunes 16 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 138209

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
21376

Resolución de 27 de junio de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Confoedera España.

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Confoedera España.
Antecedentes de hecho
Primero.

Constitución de la Fundación.

La Fundación citada fue constituida por la entidad «Asociación Confoedera España,
Administradora del Suelo», don Josep Gabriel Andrés Ortuño, don Francisco Javier Escribano
López-Jurado, don Mario Ramón Rubio, don Antonio Calvo Blázquez, doña Chiara Silvia
Pegolo, doña Nicole María Gilabert Bernard, don Rafael José Díaz Escudero, don José Antonio
Alemán Ruiz, doña María Isabel Mas Paños y doña María Isabel Barrachina Bacete, según
resulta de la escritura otorgada ante el notario de Barcelona doña María Olga Hernández
Hernández, el 8 de julio de 2022, con el número 1.014 de protocolo, subsanada por otra
otorgada ante la misma notaria, el 21 de marzo de 2023, protocolo 494.
Segundo.

Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Calle Mediona, n.º 22, A, 08035 de
Barcelona y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: ciento veinticuatro mil ochocientos trece euros (124.813 €),
desembolsado íntegramente en cuanto 750 € según se acredita con certificación bancaria y
el resto mediante aportación de una finca situada en Barcelona en la barriada de San
Andrés de Palomar, número 29-31, inscrita en el Registro de la Propiedad número 23 de
Barcelona en el Tomo 3000, libro 544, folio 108, finca número 28514, inscripción 1.ª y
valorada en la cantidad de 128.687,08 € según informe de valoración realizado por el
experto independiente Sociedad de Tasación, SA, de fecha 9 de marzo de 2023.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.

Los fines de la Fundación son, ayudar al desarrollo de proyectos e iniciativas relacionadas
con el ámbito cultural, social, ecológico, agrícola y de la salud, poniendo a su disposición los
medios económicos y los espacios inmuebles que haya recibido la Fundación, con el fin de
transformar el valor del suelo, en un derecho general de uso, liberando su valor en beneficio de
la sociedad, aminorando la especulación del suelo y así fomentar y apoyar los ámbitos
anteriormente descritos, de acuerdo con la Legislación Vigente.
Quinto. Patronos.
Don Josep Gabriel Andrés Ortuño, don Francisco Javier Escribano López-Jurado,
don Mario Ramón Rubio, don Antonio Calvo Blázquez, doña Chiara Silvia Pegolo, don
Rafael José Díaz Escudero, doña María Isabel Mas Paños.

cve: BOE-A-2023-21376
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto. Fines de la Fundación.