II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2023-21339)
Resolución de 20 de septiembre de 2023, de la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito del Principado de Asturias, que se ofrecen a las personas aprobadas en el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, turno libre, convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Lunes 16 de octubre de 2023
Sec. II.B. Pág. 138028
c) De no formular solicitud de plazas o no corresponderle ninguna de las relacionadas
en su instancia, por no solicitar un número suficiente de plazas, se procederá a
destinarle, con carácter forzoso, a cualquiera de las plazas no adjudicadas siguiendo
el orden alfabético de localidades publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
Cuarto.
No se podrá anular ni modificar la solicitud una vez terminado el plazo de presentación
de las mismas.
Quinto.
La adjudicación de los destinos se hará con carácter forzoso, de acuerdo con el
orden de puntuación obtenido en las pruebas selectivas en el ámbito del Principado
de Asturias.
Sexto.
Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos
a los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en éste hasta tanto no hayan
transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se les adjudique destino
definitivo. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo
segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial.
Séptimo.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición,
ante la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos, en el plazo de un mes, según
lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el
plazo de dos meses, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/98, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar desde el día siguiente
al de su publicación.
Oviedo, 20 de septiembre de 2023.–El Consejero de Hacienda y Fondos Europeos,
P.D. (Resolución de 1 de septiembre de 2023), la Viceconsejera de Justicia, Encarnación
Vicente Suárez.
ANEXO I
Función
Localidad
Provincia
Comunidad Autónoma
N.º de
plazas
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 2.
AUXILIO
JUDICIAL.
GIJÓN.
ASTURIAS.
PRINCIPADO DE
ASTURIAS.
1
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 4.
AUXILIO
JUDICIAL.
GIJÓN.
ASTURIAS.
PRINCIPADO DE
ASTURIAS.
1
JUZGADO DE LO PENAL N.º 1.
AUXILIO
JUDICIAL.
GIJÓN.
ASTURIAS.
PRINCIPADO DE
ASTURIAS.
1
JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA
MUJER N.º 1.
AUXILIO
JUDICIAL.
GIJÓN.
ASTURIAS.
PRINCIPADO DE
ASTURIAS.
1
JUZGADO DE PAZ (AGRUPACIÓN).
AUXILIO
JUDICIAL.
GRANDAS DE
SALIME.
ASTURIAS.
PRINCIPADO DE
ASTURIAS.
1
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 1.
AUXILIO
JUDICIAL.
OVIEDO.
ASTURIAS.
PRINCIPADO DE
ASTURIAS.
1
cve: BOE-A-2023-21339
Verificable en https://www.boe.es
Órgano
Núm. 247
Lunes 16 de octubre de 2023
Sec. II.B. Pág. 138028
c) De no formular solicitud de plazas o no corresponderle ninguna de las relacionadas
en su instancia, por no solicitar un número suficiente de plazas, se procederá a
destinarle, con carácter forzoso, a cualquiera de las plazas no adjudicadas siguiendo
el orden alfabético de localidades publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
Cuarto.
No se podrá anular ni modificar la solicitud una vez terminado el plazo de presentación
de las mismas.
Quinto.
La adjudicación de los destinos se hará con carácter forzoso, de acuerdo con el
orden de puntuación obtenido en las pruebas selectivas en el ámbito del Principado
de Asturias.
Sexto.
Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos
a los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en éste hasta tanto no hayan
transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se les adjudique destino
definitivo. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo
segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial.
Séptimo.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición,
ante la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos, en el plazo de un mes, según
lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el
plazo de dos meses, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/98, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar desde el día siguiente
al de su publicación.
Oviedo, 20 de septiembre de 2023.–El Consejero de Hacienda y Fondos Europeos,
P.D. (Resolución de 1 de septiembre de 2023), la Viceconsejera de Justicia, Encarnación
Vicente Suárez.
ANEXO I
Función
Localidad
Provincia
Comunidad Autónoma
N.º de
plazas
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 2.
AUXILIO
JUDICIAL.
GIJÓN.
ASTURIAS.
PRINCIPADO DE
ASTURIAS.
1
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 4.
AUXILIO
JUDICIAL.
GIJÓN.
ASTURIAS.
PRINCIPADO DE
ASTURIAS.
1
JUZGADO DE LO PENAL N.º 1.
AUXILIO
JUDICIAL.
GIJÓN.
ASTURIAS.
PRINCIPADO DE
ASTURIAS.
1
JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA
MUJER N.º 1.
AUXILIO
JUDICIAL.
GIJÓN.
ASTURIAS.
PRINCIPADO DE
ASTURIAS.
1
JUZGADO DE PAZ (AGRUPACIÓN).
AUXILIO
JUDICIAL.
GRANDAS DE
SALIME.
ASTURIAS.
PRINCIPADO DE
ASTURIAS.
1
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º 1.
AUXILIO
JUDICIAL.
OVIEDO.
ASTURIAS.
PRINCIPADO DE
ASTURIAS.
1
cve: BOE-A-2023-21339
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Órgano