V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2023-29862)
Anuncio del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Valladolid y de la Subdelegación del Gobierno en Palencia, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública para la instalación fotovoltaica Dehesilla I, de 47,473 MW de potencia instalada y 55,765 MW de potencia pico, para su hibridación con el parque eólico existente Dehesilla I, de 46,875 MW, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Trigueros del Valle, en la provincia de Valladolid y, de Ampudia, en la provincia de Palencia.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Lunes 16 de octubre de 2023
Sec. V-B. Pág. 48648
eléctricas aéreas, queda limitada la plantación de árboles y prohibida la
construcción de edificios e instalaciones industriales en la franja definida por la
proyección sobre el terreno de los conductores extremos en las condiciones más
desfavorables, incrementada con las distancias reglamentarias a ambos lados de
dicha proyección. Para las líneas subterráneas se prohíbe la plantación y
construcciones mencionadas en el párrafo anterior, en la franja definida por la
zanja donde van alojados los conductores incrementada en las distancias mínimas
de seguridad reglamentarias, a cada lado en una distancia mínima de seguridad
igual a la mitad de la anchura de la canalización (Aptdo.5.1 de la ITC-LAT-06 del
RAT).
- Superficie Ocupación temporal: Se considera la superficie necesaria para
construir las líneas y mantener en el futuro las líneas, los centros de
seccionamiento, los centros de transformación o las subestaciones, que no esté
incluida en la superficie considerada en la servidumbre permanente de paso. Son
los caminos para la maquinaria, cuando no se pueda ir por la traza de la línea, por
los caminos realizados mediante expropiación en pleno dominio. Estas superficies,
tras realizar la instalación, se van a dejar como estaban antes de iniciar los
trabajos.
Valladolid, 3 de octubre de 2023.- El Director del Área de Industria y Energía,
Alfredo Catalina Gallego.
cve: BOE-B-2023-29862
Verificable en https://www.boe.es
ID: A230037935-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 247
Lunes 16 de octubre de 2023
Sec. V-B. Pág. 48648
eléctricas aéreas, queda limitada la plantación de árboles y prohibida la
construcción de edificios e instalaciones industriales en la franja definida por la
proyección sobre el terreno de los conductores extremos en las condiciones más
desfavorables, incrementada con las distancias reglamentarias a ambos lados de
dicha proyección. Para las líneas subterráneas se prohíbe la plantación y
construcciones mencionadas en el párrafo anterior, en la franja definida por la
zanja donde van alojados los conductores incrementada en las distancias mínimas
de seguridad reglamentarias, a cada lado en una distancia mínima de seguridad
igual a la mitad de la anchura de la canalización (Aptdo.5.1 de la ITC-LAT-06 del
RAT).
- Superficie Ocupación temporal: Se considera la superficie necesaria para
construir las líneas y mantener en el futuro las líneas, los centros de
seccionamiento, los centros de transformación o las subestaciones, que no esté
incluida en la superficie considerada en la servidumbre permanente de paso. Son
los caminos para la maquinaria, cuando no se pueda ir por la traza de la línea, por
los caminos realizados mediante expropiación en pleno dominio. Estas superficies,
tras realizar la instalación, se van a dejar como estaban antes de iniciar los
trabajos.
Valladolid, 3 de octubre de 2023.- El Director del Área de Industria y Energía,
Alfredo Catalina Gallego.
cve: BOE-B-2023-29862
Verificable en https://www.boe.es
ID: A230037935-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X