III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2023-21284)
Resolución de 6 de octubre de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y la Ciudad de Melilla, en materia de drogodependencias y con cargo al fondo de bienes decomisados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 246

Sábado 14 de octubre de 2023

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otros delitos relacionados, acordó asignar a la Ciudad Autónoma de Melilla la cantidad
de 85.000,00 euros procedentes del fondo de bienes decomisados.
En virtud de ello,
ACUERDAN
Primero. Objeto.
Las Comunidades Autónomas son destinatarias de los recursos del fondo de bienes
decomisados, para el desarrollo y ejecución de los planes y programas de drogas. La
Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas asume la financiación de
los referidos programas y la Ciudad Autónoma de Melilla asume el compromiso material
de su ejecución, siendo éste el objeto del presente convenio.
Segundo.

Obligaciones de las partes.

Que la actuación de la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública de la Ciudad
Autónoma de Melilla en el año 2023 se concretará en el desarrollo del siguiente
programa a implementar por dicha Ciudad Autónoma en el marco y de conformidad con
los objetivos establecidos por la Estrategia Nacional sobre Adicciones 2017-2024
(aprobada en Consejo de Ministros con fecha 9 de febrero de 2018) y con las metas
previstas en el Plan de Acción sobre Adicciones vigente actualmente:
– Programa de Inserción Socio Educativo Laboral (PISEL): 85.000,00 euros.
Que el Ministerio de Sanidad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre
Drogas) financiará la realización de estos programas, según lo acordado por la Mesa de
Coordinación de Adjudicaciones, con un total de 85.000,00 euros con cargo al
concepto 26.18.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del
fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados, en
aplicación del artículo 3.1.b) de la Ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora de este
fondo. El abono de esta cantidad se realizará a partir de que el convenio surta efectos,
es decir, desde la inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos
de Cooperación del sector público estatal, de conformidad con lo establecido en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Que, durante el primer trimestre del próximo ejercicio, y, en relación con los fondos
procedentes del fondo de bienes decomisados, la Consejería de Políticas Sociales y
Salud Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla remitirá a la Mesa de Coordinación de
Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una
certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los
mismos.
Vigencia y efectos.

La vigencia del presente convenio se establece desde su inscripción en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
Asimismo, será publicado en el plazo de diez días desde su formalización, en el «Boletín
Oficial del Estado» con una duración hasta el 31 de diciembre de 2023, surtiendo los
efectos en los términos previstos en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
No obstante, los programas citados en el acuerdo segundo se desarrollarán por la
Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla
durante el ejercicio 2023.

cve: BOE-A-2023-21284
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.