III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Premios. (BOE-A-2023-21272)
Orden INT/1119/2023, de 4 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión del Premio Nacional Victoria Kent, para el fomento de la investigación multidisciplinar en materia penitenciaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 246

Sábado 14 de octubre de 2023
Artículo 12.

Sec. III. Pág. 137662

Resolución.

1. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del Jurado, formulará
la propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que se publicará a efectos
de notificación en la sede electrónica y en el Tablón de Anuncios de la sede de los
Servicios Centrales de la Administración Penitenciaria, y concederá un plazo de diez
días hábiles para presentar alegaciones.
2. Una vez publicada la resolución provisional, las personas interesadas deberán
aportar la documentación acreditativa de no encontrarse incursas en ninguna de las
causas de imposibilidad de concurrir a la obtención de la subvención.
3. Examinadas las alegaciones aducidas, en su caso, por las personas interesadas
y recabada la oportuna documentación, se formulará la propuesta de resolución
definitiva, que deberá expresar a quien se propone para la concesión de la subvención y
en qué cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para
efectuarla.
4. El órgano instructor elevará la propuesta de resolución definitiva a la persona
titular del Ministerio del Interior u órgano que corresponda.
5. El expediente de concesión del premio contendrá el informe del órgano instructor en
el que conste que de la información que obra en su poder se desprende que las personas
beneficiadas cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a las mismas.
6. La propuesta de resolución definitiva se notificará a las personas participantes
que hayan sido propuestas como beneficiarias en la fase de instrucción, para que en el
plazo de tres días hábiles comuniquen su aceptación o, en su caso, formulen las
alegaciones que crean oportunas.
7. Las propuestas de resolución provisional y definitiva no ponen fin a la vía
administrativa, ni crean derecho alguno a favor de las personas beneficiadas propuestas
frente a la Administración mientras no se haya publicado la resolución de concesión.
8. La resolución de concesión del Premio Nacional Victoria Kent será motivada,
debiendo en todo caso quedar acreditados los fundamentos de la resolución que se
adopte. Además de contener las personas premiadas hará constar, en su caso, de
manera expresa, la desestimación del resto de las solicitudes, de conformidad con lo
establecido en el artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el artículo 63 del
Reglamento que la desarrolla.
9. La resolución por la que se adjudiquen los premios será dictada y publicada en el
plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado».
10. La resolución de concesión dictada por la persona titular del Ministerio del
Interior u órgano que corresponda será publicada en la sede electrónica y en el tablón de
anuncios de la sede de los Servicios Centrales de la Administración Penitenciaria, con
los requisitos y en la forma establecida en los artículos 45 y 46 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
11. La subvención concedida se publicará en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo.
12. La publicación de la resolución de concesión deberá producirse en el plazo de
diez días desde que fuese dictada.

1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, la resolución de concesión pone fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida
en reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes desde el día
siguiente a su notificación, o ser impugnada directamente ante el órgano jurisdiccional
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su
notificación, y, en caso necesario, se podrá proceder a su publicación.
2. Transcurrido el plazo máximo establecido sin que se haya dictado y publicado
resolución expresa, se podrá entender desestimada la solicitud, de acuerdo con lo

cve: BOE-A-2023-21272
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Artículo 13. Recursos.