V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. (BOE-B-2023-29467)
Resolución ACC/ /2023, de la Dirección General de Energía, del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural por la que se otorga a la empresa Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública correspondiente a la modificación del proyecto de ejecución de la entrada en la subestación Palau de la línea de transporte de energía eléctrica a 220 kV enlace subestación Mas Figueres con subestación Palau, en el término municipal de Palau-solitá i Plegamans. Expediente FUE-2021-02323414.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de octubre de 2023

Sec. V-B. Pág. 48139

220 kV enlace subestación Mas Figueres con subestación Palau, según el
proyecto redactado por el ingeniero industrial don Antonio Damián Meléndez
Rondón, colegiado número 2628 del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de
Andalucía Occidental, visado el 15 de noviembre de 2021 con número de visado
SE2100293, y adenda redactada por la ingeniera técnica doña Maria Dolores
Cañas, colegiada número 9033 del Colegio Oficial de Graduados e Ingenieros
Técnicos Industrial de Sevilla, visada el 5 de junio de 2023 con número de visado
3793/2023-A00.
2. La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se somete a
lo establecido en el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban
el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en
instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas
complementarias ITC-RAT 01 a 23; la Ley 18/2008 de 23 de diciembre de garantía
y calidad del suministro eléctrico; la Ley 9/2014, de 31 de julio, de la seguridad
industrial de los establecimientos, las instalaciones y los productos, y demás
disposiciones de aplicación general.
3. El plazo para la puesta en servicio de la instalación autorizada será de dos
años a contar desde la fecha de publicación de esta Resolución en el Diario Oficial
de la Generalidad de Cataluña.
4.- La Dirección General de Energía, del Departamento de Acción Climática,
Alimentación y Agenda Rural, puede llevar a cabo, durante las obras y una vez
terminadas, las comprobaciones y las pruebas que considere necesarias en
relación con el cumplimiento de las condiciones generales y especiales de esta
Resolución.
5. Con este fin, el solicitante de la instalación comunicará al órgano
administrativo el inicio de las obras, las incidencias dignas de mención durante su
curso, así como su finalización. La comunicación de final de obra se acompañará
con el correspondiente certificado de dirección y finalización de la instalación que
acredite que se ajusta al proyecto de ejecución aprobado, que se han cumplido las
normas y disposiciones antes mencionadas y, en su caso, se adjuntarán las actas
de las pruebas llevadas a cabo.
6. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de
las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades
públicas necesarias para realizar las obras y las instalaciones aprobadas.
7.- El solicitante será el responsable del uso, la conservación y el
mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que
requiere la normativa vigente; asimismo el solicitante tomará, durante la ejecución
de los trabajos, todas las medidas de seguridad y prevención necesarias para
evitar cualquier perjuicio, tanto a los operarios que ejecuten los trabajos como a
terceras personas.
8. La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las
causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el
supuesto de incumplimiento, por parte del titular de la instalación, de las
condiciones impuestas. En este supuesto, la Administración, previa instrucción del
oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las
consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las
disposiciones legales vigentes.

cve: BOE-B-2023-29467
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Núm. 245