III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2023-21230)
Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para la realización del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 137528
trabajos de catalogación en el Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico de la
citada Comunidad, y el Ministerio de Cultura y Deporte aportará el 50 por ciento restante
de dicha cantidad, que corresponderá igualmente a la ejecución de los trabajos de
catalogación en el Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico.
2. El Ministerio de Cultura y Deporte aportará la cantidad de 7.500 euros con cargo
a la aplicación presupuestaria 24.03.332B.451 de la Dirección General del Libro, del
Cómic y de la Lectura.
La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha aportará la cantidad de 7.500 euros
con cargo a la aplicación presupuestaria 18.08.452A/22706.
La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha formalizará el contrato de servicios
para la realización de los trabajos de catalogación y recogida de datos, por el importe
total del convenio.
3. La aportación del Ministerio de Cultura y Deporte será librada a la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha, una vez realizadas las prestaciones a que se refiere la
cláusula Primera del presente convenio.
Tercera. Trabajos de catalogación.
Con carácter previo al inicio de los trabajos, la comunidad autónoma comunicará a la
Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura el plan de trabajo y las
colecciones a catalogar, así como las instituciones en que se ubiquen.
Los catalogadores efectuarán la catalogación en línea, actuando directamente sobre
las bases de datos del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico Español alojado
en el Ministerio de Cultura y Deporte. Los registros se redactarán conforme a todas las
especificaciones y directrices técnicas de dicho Catálogo.
En relación con la propiedad intelectual de los trabajos, los registros incorporados al
Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico quedarán licenciados bajo los términos
de la Declaración de Dominio Público Universal CC0 1.0.
Cuarta. Copia de los datos recopilados por el Catálogo Colectivo del Patrimonio
Bibliográfico Español.
La Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, a su vez, remitirá una
copia de los datos recopilados en el Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico
Español, para su incorporación a las bases de datos de la Comunidad Autónoma de
Castilla-La Mancha.
Quinta. Difusión del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico Español y de la
Comunidad Autónoma.
La Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura del Ministerio de Cultura y
Deporte podrá difundir los datos del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico
Español, respetando lo establecido en el artículo 39 del Real Decreto 111/1986, de 10 de
enero, de desarrollo de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha podrá difundir el Catálogo Colectivo
de su Patrimonio Bibliográfico, respetando lo establecido en el artículo 39 del citado Real
Decreto 111/1986, de 10 de enero.
Sexta. Colaboración con otros proyectos catalográficos.
La firma de este convenio no excluye la colaboración en otros proyectos
catalográficos con otras instituciones públicas o privadas, tanto españolas como
extranjeras.
cve: BOE-A-2023-21230
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 245
Viernes 13 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 137528
trabajos de catalogación en el Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico de la
citada Comunidad, y el Ministerio de Cultura y Deporte aportará el 50 por ciento restante
de dicha cantidad, que corresponderá igualmente a la ejecución de los trabajos de
catalogación en el Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico.
2. El Ministerio de Cultura y Deporte aportará la cantidad de 7.500 euros con cargo
a la aplicación presupuestaria 24.03.332B.451 de la Dirección General del Libro, del
Cómic y de la Lectura.
La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha aportará la cantidad de 7.500 euros
con cargo a la aplicación presupuestaria 18.08.452A/22706.
La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha formalizará el contrato de servicios
para la realización de los trabajos de catalogación y recogida de datos, por el importe
total del convenio.
3. La aportación del Ministerio de Cultura y Deporte será librada a la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha, una vez realizadas las prestaciones a que se refiere la
cláusula Primera del presente convenio.
Tercera. Trabajos de catalogación.
Con carácter previo al inicio de los trabajos, la comunidad autónoma comunicará a la
Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura el plan de trabajo y las
colecciones a catalogar, así como las instituciones en que se ubiquen.
Los catalogadores efectuarán la catalogación en línea, actuando directamente sobre
las bases de datos del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico Español alojado
en el Ministerio de Cultura y Deporte. Los registros se redactarán conforme a todas las
especificaciones y directrices técnicas de dicho Catálogo.
En relación con la propiedad intelectual de los trabajos, los registros incorporados al
Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico quedarán licenciados bajo los términos
de la Declaración de Dominio Público Universal CC0 1.0.
Cuarta. Copia de los datos recopilados por el Catálogo Colectivo del Patrimonio
Bibliográfico Español.
La Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, a su vez, remitirá una
copia de los datos recopilados en el Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico
Español, para su incorporación a las bases de datos de la Comunidad Autónoma de
Castilla-La Mancha.
Quinta. Difusión del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico Español y de la
Comunidad Autónoma.
La Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura del Ministerio de Cultura y
Deporte podrá difundir los datos del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico
Español, respetando lo establecido en el artículo 39 del Real Decreto 111/1986, de 10 de
enero, de desarrollo de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha podrá difundir el Catálogo Colectivo
de su Patrimonio Bibliográfico, respetando lo establecido en el artículo 39 del citado Real
Decreto 111/1986, de 10 de enero.
Sexta. Colaboración con otros proyectos catalográficos.
La firma de este convenio no excluye la colaboración en otros proyectos
catalográficos con otras instituciones públicas o privadas, tanto españolas como
extranjeras.
cve: BOE-A-2023-21230
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 245