III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2023-21224)
Resolución de 3 de octubre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, para el apoyo técnico al alumnado con dificultades graves de autonomía escolarizados en centros docentes sostenidos con fondos públicos durante el curso escolar 2023/2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245

Viernes 13 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 137431

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
21224

Resolución de 3 de octubre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, para el apoyo técnico al
alumnado con dificultades graves de autonomía escolarizados en centros
docentes sostenidos con fondos públicos durante el curso escolar 2023/2024.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Ciudad de Melilla, han
suscrito, con fecha 3 de octubre de 2023, un convenio para el apoyo técnico al alumnado
con dificultades graves de autonomía que esté escolarizado en centros docentes
sostenidos con fondos públicos en la Ciudad de Melilla durante el curso
escolar 2023/2024, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito
en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 3 de octubre de 2023.–El Secretario General Técnico, Santiago Antonio
Roura Gómez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Ciudad de
Melilla para el apoyo técnico al alumnado con dificultades graves de autonomía
que esté escolarizado en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la
Ciudad de Melilla durante el curso escolar 2023/2024
REUNIDOS
De una parte, doña María del Pilar Alegría Continente, Ministra de Educación y
Formación Profesional, en virtud del Real Decreto 529/2021, de 10 de julio, y en uso de
la competencia establecida en el artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra, don Juan José Imbroda Ortiz, Presidente de la Ciudad de Melilla, nombrado
por Real Decreto 605/2023, de 7 de julio, en representación de la Ciudad de Melilla, en
virtud de las facultades que le atribuye el artículo 14 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de
marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla.
Ambas partes, en la representación con que actúan,

I. Que en las distintas etapas educativas se debe velar por la inclusión educativa, la
atención personalizada, la prevención de las dificultades de aprendizaje y la puesta en
práctica de mecanismos de refuerzo, tan pronto como se detecten dificultades de
cualquier índole en el alumnado.
Conforme al artículo 74 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la
escolarización del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo deberá
estar regida por los principios de inclusión y participación, calidad, equidad, no
discriminación e igualdad efectiva en el acceso y permanencia en el sistema educativo y
accesibilidad universal para todo el alumnado.
Por otra parte, las Administraciones públicas garantizarán, en la admisión del
alumnado en centros públicos y privados concertados, el derecho a la educación, el

cve: BOE-A-2023-21224
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