III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Productos agrarios. Contratación. (BOE-A-2023-21229)
Orden APA/1113/2023, de 2 de octubre, por la que se homologa el contrato-tipo de cultivo y compraventa de tabaco, que regirá durante la campaña 2023/2024 (cosecha 2023).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245
Viernes 13 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 137519
Identificación Fiscal (NIF)………………. y con domicilio en…………………………………
…. (…………..) ……………………………… n.º ……………, teléfono ……………………,
(en adelante el Vendedor), con capacidad suficiente para la formalización del presente
contrato en virtud de escritura de poder especial n.º......…. otorgado ante el notario ……
………………………. de ………………………………. el día ……………
La Sociedad ………………………………………. manifiesta:
– Que aporta como Anexo n.º 1 una lista de todos los productores afiliados a………
………………………………. y adscritos al presente contrato, con indicación de las
cantidades máximas a entregar por cada uno de los productores.
– Que de acuerdo con lo establecido en el apartado 1 del artículo 7 del Real
Decreto 969/2014 de 21 de noviembre, por el que se regula el reconocimiento de las
organizaciones de productores, la extensión de las normas, las relaciones contractuales
y la comunicación de información en el sector del tabaco crudo, manifiesta que dichos
productores están únicamente afiliados a ………………………………………………,
circunstancia que se comprometen a acreditar entregando la correspondiente
documentación.
Segundo.
D. .…………………...............…………. actúa en nombre y representación de la
empresa de primera transformación reconocida y autorizada, denominada ………………
………………………, con Número de Identificación Fiscal (NIF) ………………………, con
domicilio en ……………………… (………), ……………………………. n.º …....…, teléfono
……………. (en adelante el Comprador), con capacidad para la formalización del
presente contrato en virtud de la Escritura de Poder n.º …....… de orden de protocolo,
otorgada a D. …............……………………………………………. ante el notario de ……
…..........……, D. ……………………...........………. el día …. de ………. de
…........................……….
Ambas partes se reconocen con capacidad para otorgar el presente contrato de
cultivo y compraventa de tabaco de la campaña 2023-2024 (cosecha 2023), que
suscriben conforme a las disposiciones legales vigentes, y por el que convienen las
siguientes:
Estipulaciones
Primera. Objeto del contrato.
El vendedor se compromete a entregar y el comprador a aceptar, toda su producción
de tabaco de la cosecha 2023 (campaña 2023/2024) objeto de este contrato en las
condiciones fijadas en el mismo y en sus anexos. Este contrato requiere exclusividad al
vendedor sobre los productos adscritos al mismo y para toda la campaña mencionada.
Cantidades y superficies.
El tabaco contratado es de la Variedad ……...…………, Grupo ….............
La cantidad total máxima de tabaco que puede entregarse (cantidad contratada), es
de .............. Kilogramos.
De conformidad con el anexo VIII apartados 2) y 3) del Real Decreto 969/2014 de 21
de noviembre, se adjunta al presente contrato un anexo n.º 2, en el que figura:
1. Una relación nominativa de todos los productores especificando los kilogramos a
contratar por productor. Las entregas a realizar por cada productor no pueden exceder
de la cantidad que para dicho productor se recoge en la relación que figura en este
anexo.
cve: BOE-A-2023-21229
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 245
Viernes 13 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 137519
Identificación Fiscal (NIF)………………. y con domicilio en…………………………………
…. (…………..) ……………………………… n.º ……………, teléfono ……………………,
(en adelante el Vendedor), con capacidad suficiente para la formalización del presente
contrato en virtud de escritura de poder especial n.º......…. otorgado ante el notario ……
………………………. de ………………………………. el día ……………
La Sociedad ………………………………………. manifiesta:
– Que aporta como Anexo n.º 1 una lista de todos los productores afiliados a………
………………………………. y adscritos al presente contrato, con indicación de las
cantidades máximas a entregar por cada uno de los productores.
– Que de acuerdo con lo establecido en el apartado 1 del artículo 7 del Real
Decreto 969/2014 de 21 de noviembre, por el que se regula el reconocimiento de las
organizaciones de productores, la extensión de las normas, las relaciones contractuales
y la comunicación de información en el sector del tabaco crudo, manifiesta que dichos
productores están únicamente afiliados a ………………………………………………,
circunstancia que se comprometen a acreditar entregando la correspondiente
documentación.
Segundo.
D. .…………………...............…………. actúa en nombre y representación de la
empresa de primera transformación reconocida y autorizada, denominada ………………
………………………, con Número de Identificación Fiscal (NIF) ………………………, con
domicilio en ……………………… (………), ……………………………. n.º …....…, teléfono
……………. (en adelante el Comprador), con capacidad para la formalización del
presente contrato en virtud de la Escritura de Poder n.º …....… de orden de protocolo,
otorgada a D. …............……………………………………………. ante el notario de ……
…..........……, D. ……………………...........………. el día …. de ………. de
…........................……….
Ambas partes se reconocen con capacidad para otorgar el presente contrato de
cultivo y compraventa de tabaco de la campaña 2023-2024 (cosecha 2023), que
suscriben conforme a las disposiciones legales vigentes, y por el que convienen las
siguientes:
Estipulaciones
Primera. Objeto del contrato.
El vendedor se compromete a entregar y el comprador a aceptar, toda su producción
de tabaco de la cosecha 2023 (campaña 2023/2024) objeto de este contrato en las
condiciones fijadas en el mismo y en sus anexos. Este contrato requiere exclusividad al
vendedor sobre los productos adscritos al mismo y para toda la campaña mencionada.
Cantidades y superficies.
El tabaco contratado es de la Variedad ……...…………, Grupo ….............
La cantidad total máxima de tabaco que puede entregarse (cantidad contratada), es
de .............. Kilogramos.
De conformidad con el anexo VIII apartados 2) y 3) del Real Decreto 969/2014 de 21
de noviembre, se adjunta al presente contrato un anexo n.º 2, en el que figura:
1. Una relación nominativa de todos los productores especificando los kilogramos a
contratar por productor. Las entregas a realizar por cada productor no pueden exceder
de la cantidad que para dicho productor se recoge en la relación que figura en este
anexo.
cve: BOE-A-2023-21229
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.