III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Contratación administrativa. (BOE-A-2023-21050)
Resolución de 2 de octubre de 2023, de la Agencia Espacial Española, por la que se establece la composición y funciones de la Mesa de Contratación.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243

Miércoles 11 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 135979

los supuestos previstos en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público
y en el artículo 21.1 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla
parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
La Mesa de contratación de la Agencia Espacial Española desempeñará las
funciones que le atribuyen la Ley de Contratos del Sector Público y sus disposiciones
complementarias y, en concreto, las previstas en el artículo 326.1 de la citada ley y en el
artículo 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo.
Artículo 2.

Composición de la Mesa de Contratación.

1. La Mesa de Contratación de la Agencia Espacial Española estará compuesta por
los siguientes miembros:
a)
b)

Presidencia: La personal titular de la Secretaría General.
Vocalías:

1.º La persona titular de la Secretaría General Adjunta.
2.º El Coordinador o Coordinadora del Área Económica.
3.º Una persona representante de la Abogacía del Estado.
4.º El Interventor o interventora delegada de la Intervención General de la
Administración del Estado en el organismo.
c)

Secretaría: El Jefe o la Jefa del Servicio de Contratación.

La Presidencia será sustituida por el vocal de la Mesa con mayor jerarquía,
antigüedad y edad, por este orden. No obstante lo anterior, en ningún caso la
Presidencia de la Mesa podrá ser asumida por la persona que tenga atribuido el
asesoramiento jurídico del órgano de contratación o el Interventor, que actuarán siempre
como vocales.
La Vocalía primera será sustituida por el Coordinador o Coordinadora de la Unidad
de apoyo de la Dirección.
La Vocalía segunda será sustituida por el Jefe o la Jefa de Servicio de Secretaría
General con competencias en materia de contabilidad.
El Interventor Delegado y el Abogado del Estado en la Agencia serán sustituidos,
respectivamente, por un Interventor y un Abogado del Estado designados según los
procedimientos de suplencia establecidos para estos casos por la Intervención General
de la Administración del Estado y por la Abogacía General del Estado-Dirección del
Servicio Jurídico del Estado.
La Secretaría será suplida por el Jefe o la Jefa de Servicio de Servicios Generales.
Artículo 3.

Régimen de funcionamiento de la Mesa de Contratación.

1. La Mesa de contratación se reunirá de forma presencial o a distancia, previa
convocatoria de su Presidente, o en su caso quien le supla conforme a lo dispuesto en el
artículo 2 de esta Resolución, en atención a los expedientes de contratación que hayan
de tramitarse y que requieran su intervención.

cve: BOE-A-2023-21050
Verificable en https://www.boe.es

Tendrán voz y voto todos los miembros de la Mesa excepto el secretario, que actuará
con voz y sin voto.
A las reuniones de la Mesa podrán incorporarse, como vocales técnicos, a iniciativa
de la Presidencia de la misma, técnicos o expertos independientes con conocimientos
acreditados en las materias relacionadas con el objeto del contrato, dejando constancia
en el expediente de las identidades de los técnicos o expertos asistentes, su formación y
experiencia profesional. Todos ellos actuarán con voz, pero sin voto.
2. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, y en general, cuando concurra
alguna causa justificada, se establece el siguiente régimen de suplencias de los
miembros de la Mesa de contratación: