III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-21044)
Resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques solares fotovoltaicos Envatios XXV de 183,75 MW y Envatios XIII-La Cereal Fase II de 165,55 MW, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Madrid y Guadalajara".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243
Miércoles 11 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 135889
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
21044
Resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Calidad
y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto
ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos Envatios XXV de
183,75 MW y Envatios XIII-La Cereal Fase II de 165,55 MW, y su
infraestructura de evacuación, en las provincias de Madrid y Guadalajara».
Antecedentes de hecho
Con fecha 16 de enero del 2023, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud
de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Parques
Solares Fotovoltaicos «Envatios XXV de 183,75 MW y Envatios XIII-La Cereal Fase II»
de 165,55 MW, y su Infraestructura de Evacuación, en las provincias de Madrid y
Guadalajara», promovida por Envatios Promoción XXV, SL y Solusol PVI, SL y respecto
de la que Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ostenta la condición de órgano
sustantivo.
Alcance de la evaluación
La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada
por el promotor y se pronuncia sobre los impactos asociados al proyecto, así como los
efectos sobre los factores ambientales derivados de su vulnerabilidad, recogidos en el
estudio de impacto ambiental (en adelante EsIA). Se incluye, asimismo, en la evaluación,
el proceso de participación pública y consultas, así como las aclaraciones del promotor
tras los requerimientos.
No comprende el ámbito de la evaluación de seguridad y salud en el trabajo, ni
de seguridad industrial, seguridad de las instalaciones y dispositivos eléctricos, de
carreteras, de gestión del riesgo de inundaciones y del planeamiento urbanístico que
poseen normativa reguladora e instrumentos específicos.
Por otra parte, tampoco se extiende al cese y desmantelamiento de la instalación,
que deberá ser objeto en el futuro de un proyecto específico, que incluya la retirada de
elementos, la gestión de los residuos generados, la restitución del terreno a la situación
original y la restauración del suelo y de la vegetación, lo cual será sometido, al menos,
a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada.
1.
Descripción y localización del proyecto
Dos plantas solares fotovoltaicas, en adelante PSFV, con las siguientes capacidades
de producción:
PSFV Envatios XXV de 183,75 MWp (643,671 ha). En los TTMM de Valdenuño
Fernández, El Cubillo de Uceda, El Casar y Uceda.
PSFV Envatios XIII-La Cereal Fase II de 165,55 MWp (621,382 ha). En los TTMM de
Viñuelas y Valdenuño Fernández.
cve: BOE-A-2023-21044
Verificable en https://www.boe.es
En su versión inicial, el proyecto se compone de los siguientes elementos:
Núm. 243
Miércoles 11 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 135889
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
21044
Resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Calidad
y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto
ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos Envatios XXV de
183,75 MW y Envatios XIII-La Cereal Fase II de 165,55 MW, y su
infraestructura de evacuación, en las provincias de Madrid y Guadalajara».
Antecedentes de hecho
Con fecha 16 de enero del 2023, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud
de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Parques
Solares Fotovoltaicos «Envatios XXV de 183,75 MW y Envatios XIII-La Cereal Fase II»
de 165,55 MW, y su Infraestructura de Evacuación, en las provincias de Madrid y
Guadalajara», promovida por Envatios Promoción XXV, SL y Solusol PVI, SL y respecto
de la que Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ostenta la condición de órgano
sustantivo.
Alcance de la evaluación
La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada
por el promotor y se pronuncia sobre los impactos asociados al proyecto, así como los
efectos sobre los factores ambientales derivados de su vulnerabilidad, recogidos en el
estudio de impacto ambiental (en adelante EsIA). Se incluye, asimismo, en la evaluación,
el proceso de participación pública y consultas, así como las aclaraciones del promotor
tras los requerimientos.
No comprende el ámbito de la evaluación de seguridad y salud en el trabajo, ni
de seguridad industrial, seguridad de las instalaciones y dispositivos eléctricos, de
carreteras, de gestión del riesgo de inundaciones y del planeamiento urbanístico que
poseen normativa reguladora e instrumentos específicos.
Por otra parte, tampoco se extiende al cese y desmantelamiento de la instalación,
que deberá ser objeto en el futuro de un proyecto específico, que incluya la retirada de
elementos, la gestión de los residuos generados, la restitución del terreno a la situación
original y la restauración del suelo y de la vegetación, lo cual será sometido, al menos,
a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada.
1.
Descripción y localización del proyecto
Dos plantas solares fotovoltaicas, en adelante PSFV, con las siguientes capacidades
de producción:
PSFV Envatios XXV de 183,75 MWp (643,671 ha). En los TTMM de Valdenuño
Fernández, El Cubillo de Uceda, El Casar y Uceda.
PSFV Envatios XIII-La Cereal Fase II de 165,55 MWp (621,382 ha). En los TTMM de
Viñuelas y Valdenuño Fernández.
cve: BOE-A-2023-21044
Verificable en https://www.boe.es
En su versión inicial, el proyecto se compone de los siguientes elementos: