III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2023-20989)
Resolución de 5 de agosto de 2023, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Centro Tecnológico de Componentes, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242

Martes 10 de octubre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE UNIVERSIDADES
20989

Resolución de 5 de agosto de 2023, de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación
Centro Tecnológico de Componentes, para la realización de prácticas
académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y la Fundación Centro
Tecnológico de Componentes han suscrito, con fecha 1 de agosto de 2023, un convenio
para que los alumnos de los programas de postgrado de la UIMP puedan realizar en
dicho centro sus prácticas académicas externas curriculares o extracurriculares y
proyectos de fin de Máster, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 5 de agosto de 2023.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A., P. D. (Resolución de 24 de abril de 2019), la Gerente, P. S. (Resolución
de 12 de julio de 2023), el Secretario General, Pablo González Saquero.
ANEXO
Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y Fundación
Centro Tecnológico de Componentes para la realización de prácticas académicas
externas por parte de estudiantes de postgrado de la UIMP
REUNIDOS

EXPONEN
I. Que la UIMP, creada por Decreto de 10 de noviembre de 1945, y regulada en la
actualidad por su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril, está
adscrita al Ministerio de Universidades de España y tiene personalidad jurídica y
patrimonio propios.
Que la UIMP, de acuerdo con lo que establece su estatuto, es un centro universitario
de alta cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de

cve: BOE-A-2023-20989
Verificable en https://www.boe.es

De una parte, don Carlos Andradas Heranz, en nombre y representación de la
Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. (en adelante, UIMP) (entidad con
NIF Q2818022B y domicilio social en calle Isaac Peral, 23, 28040 Madrid), en su
condición de rector magnífico, que actúa facultado por su nombramiento realizado por
Real Decreto 872/2021, de 5 de octubre, y haciendo uso de las atribuciones que tiene
conferidas en el artículo 12 del Estatuto de la Universidad, aprobado por el Real
Decreto 331/2002, de 5 de abril.
Y, de otra parte, doña Beatriz Sancristóbal Marcano, representante legal de
Fundación Centro Tecnológico de Componentes (entidad con NIF G-39492947 y
domicilio social en Isabel Torres, 1, 39011, Santander, Cantabria), en su condición de
Directora General y haciendo uso de los poderes otorgados ante el notario del Colegio
Notarial de Santander, don Juan de Dios Valenzuela García, en escritura de fecha 8 de
marzo de 2021, con el número 637 de su protocolo, poderes que declara no le han sido
revocados, ni disminuidos.