III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-20971)
Resolución 420/38397/2023, de 2 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Forde Reederei Seetouristik Iberia, SLU, sobre bonificación a cargo del Estado de las tarifas comerciales de pasaje marítimo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242
Martes 10 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 135509
– Ejército del Aire y del Espacio:
● Facturación: Dirección de Asuntos Económicos del Ejército del Aire y del Espacio.
● Asuntos administrativos: Mando de Personal del Ejército del Aire y del Espacio.
Empresa:
– Departamento
invoicing@frs.es
3.2
Financiero
Förde
Reederei
Seetouristik
Iberia,
SLU:
Bonificaciones, Penalizaciones, e Indemnizaciones.
Todos los asuntos relacionados con las bonificaciones y penalizaciones se resolverán
y tramitarán a través de la Comisión Mixta de Seguimiento.
4.
Liquidaciones y pagos.
Según la naturaleza del servicio prestado al usuario, la empresa liquidará el
reembolso de bonificaciones mensualmente a los organismos competentes del
MINISDEF mediante facturación telemática. Dicha liquidación mensual se referirá a las
bonificaciones de los trayectos efectuados por los usuarios durante dicho mes y se
remitirá a los organismos competentes del MINISDEF dentro de los diez (10) primeros
días del mes siguiente al que dichos trayectos se refieran.
Las liquidaciones por los reembolsos se expedirán en soporte electrónico e irán
acompañadas del fichero con los doce campos que se especifica más adelante.
En cumplimiento de lo establecido en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso
de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público,
y la Orden HAP/492/2014, de 27 de marzo, por la que se regulan los requisitos
funcionales y técnicos del registro contable de facturas de las entidades del ámbito de
aplicación de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, en todas las liquidaciones por
reembolso de bonificaciones deberán figurar los siguientes datos:
En el caso de las liquidaciones a la Subdirección General de Servicios Económicos y
Pagadurías:
– Oficina contable: E02926602 Subdirección General de Contabilidad.
– Unidad tramitadora y órgano gestor: Área de Servicios Económicos de la
Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías. NIF S2800506D.
– Código DIR3: EA0002994.
En el caso de las liquidaciones al Ejército de Tierra:
– Oficina contable: E02926602 Subdirección General de Contabilidad.
– Unidad tramitadora y órgano gestor: SAECO de la Dirección de Asuntos
Económicos del Ejército de Tierra. NIF S2830078H.
– Código DIR3: EA0003050.
– Oficina contable: E02926602 Subdirección General de Contabilidad.
– Unidad tramitadora y órgano gestor: Sección de Gestión Económica y TesoreríaDAE Armada. NIF S2815001I.
– Código DIR3: EA0002991.
En el caso de las liquidaciones al Ejército del Aire y del Espacio:
– Oficina contable: E02926602 Subdirección General de Contabilidad.
– Unidad tramitadora y órgano gestor: Sección de Gestión Económica-Administrativa
DAE-EA. NIF S2822001-J.
– Código DIR3: EA0003032.
cve: BOE-A-2023-20971
Verificable en https://www.boe.es
En el caso de las liquidaciones a la Armada:
Núm. 242
Martes 10 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 135509
– Ejército del Aire y del Espacio:
● Facturación: Dirección de Asuntos Económicos del Ejército del Aire y del Espacio.
● Asuntos administrativos: Mando de Personal del Ejército del Aire y del Espacio.
Empresa:
– Departamento
invoicing@frs.es
3.2
Financiero
Förde
Reederei
Seetouristik
Iberia,
SLU:
Bonificaciones, Penalizaciones, e Indemnizaciones.
Todos los asuntos relacionados con las bonificaciones y penalizaciones se resolverán
y tramitarán a través de la Comisión Mixta de Seguimiento.
4.
Liquidaciones y pagos.
Según la naturaleza del servicio prestado al usuario, la empresa liquidará el
reembolso de bonificaciones mensualmente a los organismos competentes del
MINISDEF mediante facturación telemática. Dicha liquidación mensual se referirá a las
bonificaciones de los trayectos efectuados por los usuarios durante dicho mes y se
remitirá a los organismos competentes del MINISDEF dentro de los diez (10) primeros
días del mes siguiente al que dichos trayectos se refieran.
Las liquidaciones por los reembolsos se expedirán en soporte electrónico e irán
acompañadas del fichero con los doce campos que se especifica más adelante.
En cumplimiento de lo establecido en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso
de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público,
y la Orden HAP/492/2014, de 27 de marzo, por la que se regulan los requisitos
funcionales y técnicos del registro contable de facturas de las entidades del ámbito de
aplicación de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, en todas las liquidaciones por
reembolso de bonificaciones deberán figurar los siguientes datos:
En el caso de las liquidaciones a la Subdirección General de Servicios Económicos y
Pagadurías:
– Oficina contable: E02926602 Subdirección General de Contabilidad.
– Unidad tramitadora y órgano gestor: Área de Servicios Económicos de la
Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías. NIF S2800506D.
– Código DIR3: EA0002994.
En el caso de las liquidaciones al Ejército de Tierra:
– Oficina contable: E02926602 Subdirección General de Contabilidad.
– Unidad tramitadora y órgano gestor: SAECO de la Dirección de Asuntos
Económicos del Ejército de Tierra. NIF S2830078H.
– Código DIR3: EA0003050.
– Oficina contable: E02926602 Subdirección General de Contabilidad.
– Unidad tramitadora y órgano gestor: Sección de Gestión Económica y TesoreríaDAE Armada. NIF S2815001I.
– Código DIR3: EA0002991.
En el caso de las liquidaciones al Ejército del Aire y del Espacio:
– Oficina contable: E02926602 Subdirección General de Contabilidad.
– Unidad tramitadora y órgano gestor: Sección de Gestión Económica-Administrativa
DAE-EA. NIF S2822001-J.
– Código DIR3: EA0003032.
cve: BOE-A-2023-20971
Verificable en https://www.boe.es
En el caso de las liquidaciones a la Armada: