III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-20845)
Resolución 420/38396/2023, de 3 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Deimos Engineering and Systems, SLU, en materia de vigilancia espacial mediante la instalación de un sensor en el Escuadrón de Vigilancia Aérea n.º 21.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 241

Lunes 9 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 134702

El convenio podrá ser modificado durante su vigencia por acuerdo expreso y escrito
de las partes con el fin de incorporar las mejoras que consideren pertinentes para sus
intereses. Estas modificaciones, que se instrumentarán como adenda al convenio previo
cumplimiento de los trámites y requisitos que sean preceptivos, deberán comunicarse al
Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal al que se refiere la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, y publicarse posteriormente en el BOE.
Sin perjuicio de lo anterior, las partes podrán acordar, en el seno de la Comisión de
Seguimiento que contempla la cláusula quinta de este convenio, detalles de ejecución
que no formarán parte del mismo y, en consecuencia, no requerirán su modificación sino
que bastará con el acuerdo de las mismas siempre que no afecte a su contenido mínimo
y esencial.
Tercera.
1.

Funciones asignadas y compromisos de las partes.

Actuaciones del MINISDEF, a través del EA:

a) Supervisar y aprobar el proyecto de instalación del sensor elaborado por
Deimos.
b) Autorizar y permitir la instalación del sensor en el Escuadrón de Vigilancia Aérea
(EVA) núm. 21 de acuerdo con este convenio.
c) Permitir la conectividad de los equipos a instalar y el suministro eléctrico
continuado de los sistemas instalados, siempre que no menoscaben la operatividad de
los equipos desplegados actualmente en el EVA núm. 21.
d) Permitir el acceso a los equipos instalados al personal que Deimos determine, de
acuerdo con los procedimientos generales de acceso a instalaciones del EA o
particulares del EVA núm. 21, y al apartado 4 de la presente cláusula.
e) Proporcionar soporte de emergencia y mantenimiento básico a las operaciones
del sensor mediante la realización de las tareas que recoge el anexo de este convenio.
Actuaciones de Deimos:

a) Proporcionar un sensor de su propiedad y operarlo remotamente.
b) Elaborar el proyecto de instalación del sensor con inclusión de cuantos aspectos
sean pertinentes para la misma, tales como estudio de cargas sobre el terreno,
necesidades de sujeción al mismo o impacto, en su caso, sobre los elementos de
dotación del EVA núm. 21, con especial atención a los asuntos relativos a la conexión
eléctrica e infraestructura de provisión del servicio de datos bien sea por cableado o por
conexión inalámbrica.
c) Efectuar cuantas tareas sean necesarias para la instalación del sensor con
inclusión, en su caso, de la preparación previa del terreno, la instalación de la plataforma
de sujeción al mismo y de los elementos de fijación de la estructura, la acometida a la
conexión eléctrica y los elementos necesarios para la misma.
d) Satisfacer los costes de instalación o cualquier otro que conlleve la operación del
sensor durante el tiempo de vigencia del convenio.
e) Gestionar y facilitar la conexión de datos y medios necesarios para la operación
remota de dicho sensor.
f) Instruir al personal del EVA núm. 21 en las tareas de soporte y mantenimiento
que realizará y que se recogen en el anexo.
g) Proporcionar asesoramiento técnico al personal del EA en la obtención y
optimización de su contraprestación, con objeto de que sus necesidades operativas sean
satisfechas.
h) Proporcionar al MINISDEF, a través del EA, una cantidad equivalente al 15% de
las observaciones del sensor en los términos que se describen en la cláusula que sigue.

cve: BOE-A-2023-20845
Verificable en https://www.boe.es

2.