III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-20871)
Resolución de 29 de septiembre de 2023, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Fundació de Música Ferrer-Salat, para desarrollar el programa de «Becas JONDE y Ferrer-Salat» para el curso académico 2023-2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 241

Lunes 9 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 135005

– Firmar el documento de conformidad con la aceptación de los términos de la
convocatoria y de las obligaciones adquiridas como becario/a.
– Justificar debidamente en tiempo y forma el destino y aplicación del importe de la
beca, atendiendo a los criterios de justificación que la Fundació requiera de los/as
becados/as.
– Reintegrar el importe total de la beca concedida, si se dieran alguna de las
situaciones que obligaran a ello (según descritas en los puntos 7 y 8).
El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones podrá suponer la inmediata
rescisión de la beca. En este caso, la Fundació de Música Ferrer-Salat y la JONDE
podrán proceder a asignar la beca, en el período restante, a otro/a candidato/a que se
considerase merecedor/a, de acuerdo con los principios que inspiran esta colaboración.
10. Para inscribirse a las becas, los/las candidatos/as deberán presentar la siguiente
documentación:
– Formulario de inscripción que encontrarán en las páginas web de la Fundació
de Música Ferrer-Salat y de la JONDE.
– Documento acreditativo de identidad (DNI, NIF o pasaporte), copia por ambas
caras.
– Descripción del proyecto y/o la propuesta formativa escogida (punto 3).
– Curriculum vitae (según viene detallado en el Formulario de inscripción).
– Expediente académico actualizado de los estudios musicales realizados.
Toda la documentación deberá enviarse a las siguientes direcciones de correo
electrónico: academico.jonde@inaem.cultura.gob.es e info@fundaciomusicaferrersalat.com.
Las solicitudes remitidas fuera de plazo o incompletas en la cumplimentación de datos o
documentación requerida, así como las remitidas a través de canales no contemplados
en estas bases, quedarán excluidas de la convocatoria.
11. El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles a partir
del día siguiente de la publicación de esta convocatoria.
12. El veredicto de la Comisión de Selección y la asignación de las becas JONDE y
Ferrer-Salat se hará efectivo en el plazo máximo de dos meses desde el cierre del plazo
de presentación de las solicitudes. Los resultados se anunciarán a través de los canales
de comunicación de la Fundació de Música Ferrer-Salat y de la JONDE (página web y
Redes Sociales). Asimismo los/as beneficiarios/as recibirán una notificación oficial por
correo electrónico por parte conjunta de la Fundació y JONDE. El fallo de la Comisión de
Selección será inapelable.
13. La beca se considerará adjudicada cuando el/la ganador/a la haya aceptado por
escrito mediante correo electrónico dirigido a: academico.jonde@inaem.cultura.gob.es
e info@fundaciomusicaferrersalat.com y en el plazo de cinco días naturales a partir de la
fecha del anuncio del veredicto de la Comisión de Selección. Si no se hace así, se
entenderá que se renuncia a la beca. En este caso, la Fundació de Música Ferrer-Salat
y la JONDE asignarían la beca a otro/a candidato/a que se considerase merecedor/a, de
acuerdo con los principios que inspiran esta colaboración.
14. La participación en esta convocatoria supone la aceptación de los términos
de estas Bases de la I Edición Becas JONDE y Ferrer-Salat.
cve: BOE-A-2023-20871
Verificable en https://www.boe.es

Contacto:
Para cualquier duda o consulta, contactar con:
– Departamento Académico-Joven Orquesta Nacional de España:
academico.jonde@inaem.cultura.gob.es.
– Davínia Ventura-Fundació de Música Ferrer-Salat:
info@fundaciomusicaferrersalat.com.
https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X