III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-20785)
Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Iznajar Solar, SL, de autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica Iznajar Solar, de 100 MWp, así como su infraestructura de evacuación en 30 kV, en la provincia de Toledo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 240

Sábado 7 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 134250

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
20785

Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Iznajar Solar, SL,
de autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica Iznajar
Solar, de 100 MWp, así como su infraestructura de evacuación en 30 kV, en
la provincia de Toledo.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Director General
de Política Energética y Minas en base a los siguientes:
I.
Primero.

Hechos

Solicitud de autorización administrativa previa.

Iznajar Solar, SL, solicita, con fecha 24 de noviembre de 2020, autorización
administrativa previa de la planta solar fotovoltaica Iznajar Solar, de 100 MWp, así como
su Infraestructura de Evacuación en 30 kV, en los términos municipales de Pantoja,
Alameda de la Sagra, Numancia de la Sagra y Borox, provincia de Toledo (en adelante
también, el proyecto).
Segundo. Admisión a trámite.
Esta Dirección General acreditó que la solicitud de autorización administrativa previa
del proyecto de la instalación fotovoltaica Iznajar Solar y su infraestructura de evacuación
a 30 kV, en la provincia de Toledo, había sido presentada y admitida a trámite.
Asimismo, esta Dirección General, con fecha 6 de diciembre de 2020, dictó acuerdo
de acumulación para la tramitación conjunta de los expedientes de autorización
administrativa previa de las instalaciones fotovoltaicas «Iznajar Solar», de 100 MWp,
«Mulhacén Solar», de 100 MWp, «Carucedo Solar», de 100 MWp, «Cerredo Solar»,
de 100 MWp, Urbión Solar», de 100 MWp, y «Cilindro Solar», de 100 MWp, y de sus
infraestructuras de evacuación, con número de expediente asociado PFot-371 AC.

Esta Dirección General da traslado del expediente a la Dependencia de Industria y
Energía de la Subdelegación del Gobierno en Toledo y al Área de Industria y Energía de
la Delegación del Gobierno en Madrid, como órgano competente para la tramitación del
expediente de solicitud de autorización conforme a lo dispuesto en el artículo 113 del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
somete a información pública, con la debida publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y Boletín Oficial de las provincias afectadas, habiéndose solicitado igualmente
los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas

cve: BOE-A-2023-20785
Verificable en https://www.boe.es

Tercero. Tramitación de la solicitud conforme al Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.