III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-20782)
Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Desarrollo Empresarial Traxman, SL, de autorización administrativa previa, de la planta solar fotovoltaica "Rioja 3", de 49,9 MWp y 48,118 MWn y de su infraestructura de evacuación, en las provincias de Navarra y La Rioja.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 240
Sábado 7 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 134231
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
20782
Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Desarrollo
Empresarial Traxman, SL, de autorización administrativa previa, de la planta
solar fotovoltaica «Rioja 3», de 49,9 MWp y 48,118 MWn y de su
infraestructura de evacuación, en las provincias de Navarra y La Rioja.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Director General
de Política Energética y Minas en base a los siguientes:
I.
Primero.
Hechos
Solicitud de autorización administrativa previa.
Desarrollo Empresarial Traxman, SL (en adelante, el promotor o Desarrollo
Empresarial Traxman, SL) solicita, con fecha 28 de noviembre de 2020, autorización
administrativa previa, de la planta solar fotovoltaica «Rioja 3», de 49,9 MWp y 48,118
MWn, y de su infraestructura de evacuación, consistente en las líneas de evacuación
a 30 kV hasta la Subestación Rioja, 30/132 kV, en la Subestación Rioja, 30/132 kV, y en
la línea aérea de evacuación de 132kV SET Rioja 30/132 kV – SET Colectora Santa
Engracia 132/400kV, en las provincias de Navarra y La Rioja (en adelante también, el
proyecto).
Segundo.
Admisión a trámite.
Esta Dirección General acreditó que la solicitud de autorización administrativa previa
del proyecto de planta solar fotovoltaica Rioja 3 y su infraestructura de evacuación, en
las provincias de Navarra y La Rioja, había sido presentada y admitida a trámite.
Asimismo, esta Dirección General, con fecha 10 de junio de 2021, dictó acuerdo de
acumulación para la tramitación conjunta de los expedientes de autorización administrativa
previa de las instalaciones fotovoltaicas Rioja 1 (SGEE/PFot-590), Rioja 2 (SGEE/PFot-591)
y Rioja 3 (SGEE/PFot-406), de 49,896 MWp / 48,118 MWn cada uno, y de sus
infraestructuras de evacuación, con número de expediente asociado PFot-406 AC.
Esta Dirección General da traslado del expediente al Área de Industria y Energía de
la Delegación del Gobierno en Navarra, y al Área de Industria y Energía de la Delegación
del Gobierno en La Rioja, como órganos competentes para la tramitación del expediente
de solicitud de autorización conforme a lo dispuesto en el artículo 113 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
somete a información pública, con la debida publicación en el «Boletín Oficial del
cve: BOE-A-2023-20782
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. Tramitación de la solicitud conforme al Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Núm. 240
Sábado 7 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 134231
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
20782
Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Desarrollo
Empresarial Traxman, SL, de autorización administrativa previa, de la planta
solar fotovoltaica «Rioja 3», de 49,9 MWp y 48,118 MWn y de su
infraestructura de evacuación, en las provincias de Navarra y La Rioja.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Director General
de Política Energética y Minas en base a los siguientes:
I.
Primero.
Hechos
Solicitud de autorización administrativa previa.
Desarrollo Empresarial Traxman, SL (en adelante, el promotor o Desarrollo
Empresarial Traxman, SL) solicita, con fecha 28 de noviembre de 2020, autorización
administrativa previa, de la planta solar fotovoltaica «Rioja 3», de 49,9 MWp y 48,118
MWn, y de su infraestructura de evacuación, consistente en las líneas de evacuación
a 30 kV hasta la Subestación Rioja, 30/132 kV, en la Subestación Rioja, 30/132 kV, y en
la línea aérea de evacuación de 132kV SET Rioja 30/132 kV – SET Colectora Santa
Engracia 132/400kV, en las provincias de Navarra y La Rioja (en adelante también, el
proyecto).
Segundo.
Admisión a trámite.
Esta Dirección General acreditó que la solicitud de autorización administrativa previa
del proyecto de planta solar fotovoltaica Rioja 3 y su infraestructura de evacuación, en
las provincias de Navarra y La Rioja, había sido presentada y admitida a trámite.
Asimismo, esta Dirección General, con fecha 10 de junio de 2021, dictó acuerdo de
acumulación para la tramitación conjunta de los expedientes de autorización administrativa
previa de las instalaciones fotovoltaicas Rioja 1 (SGEE/PFot-590), Rioja 2 (SGEE/PFot-591)
y Rioja 3 (SGEE/PFot-406), de 49,896 MWp / 48,118 MWn cada uno, y de sus
infraestructuras de evacuación, con número de expediente asociado PFot-406 AC.
Esta Dirección General da traslado del expediente al Área de Industria y Energía de
la Delegación del Gobierno en Navarra, y al Área de Industria y Energía de la Delegación
del Gobierno en La Rioja, como órganos competentes para la tramitación del expediente
de solicitud de autorización conforme a lo dispuesto en el artículo 113 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
somete a información pública, con la debida publicación en el «Boletín Oficial del
cve: BOE-A-2023-20782
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. Tramitación de la solicitud conforme al Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.