III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2023-20688)
Resolución de 26 de septiembre de 2023, de la Secretaría General de Administración Digital, por la que se publica el Convenio con la Universitat Politècnica de València, para la utilización de la "Gestión Integrada de servicios de Registro" como aplicación integral de Registro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238
Jueves 5 de octubre de 2023
Decimotercera.
Sec. III. Pág. 133188
Régimen jurídico.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes
firman el presente convenio.–Por la Secretaría General de Administración Digital, el
Secretario General de Administración Digital, Juan Jesús Torres Carbonell.–Por la
Universitat Politècnica de València, el Rector, José Esteban Capilla Romá.
ANEXO I
Determinación de la contribución anual al mantenimiento del servicio
La contribución anual al mantenimiento de la sostenibilidad funcional y técnica de la
aplicación GEISER se establece en función de los siguientes criterios de uso y, teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 48.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que señala
la imposibilidad de que la aportación económica supere los gastos derivados de la
ejecución del convenio. Así se determinará, en función del número de asientos
registrales en oficinas de registro estimado (N):
– Si N < 20.000, la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante la
vigencia del inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 5.000 €.
– Si 20.000 ≤ N < 250.000, la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia del inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 12.500 €.
– Si 250.000 ≤ N < 1.000.000 la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 20.000 €.
– Si 1.000.000 ≤ N < 2.000.000 la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 30.000 €.
– Si 2.000.000 ≤ N la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante la
vigencia inicial del Convenio o de cada una de sus prórrogas será de 50.000 €.
Para la determinación de la contribución económica se entenderá N referido al
periodo de vigencia inicial del Convenio o de cada una de sus prórrogas, con
independencia de las anualidades que comprenda.
El número N representa todos los asientos registrales de entrada y salida que se
realicen en GEISER desde la fecha en la que el convenio comience a surtir efectos hasta
la fecha de finalización del mismo. No se contabilizarán los asientos registrales que se
realicen a través de los servicios web de GEISER (REGECO) sin documentación adjunta.
ANEXO II
Don José Esteban Capilla Romá, como Rector de la Universitat Politècnica de
València, declara que durante el ejercicio [2022] el número de asientos registrales de
entrada y salida que fueron realizados conjuntamente en las oficinas de registro que se
incorporarán a la aplicación GEISER en las condiciones del presente convenio, asciende
a un total de 130.017 asientos registrales.
Para el periodo anual inicial de vigencia del convenio, se estima un total
de 150.000 asientos registrales.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 48 la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, declara tener capacidad para financiar durante cada
anualidad de vigencia del convenio, los compromisos financieros asumidos.
Fdo.: José Esteban Capilla Romá
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-20688
Verificable en https://www.boe.es
Estimación de uso
Núm. 238
Jueves 5 de octubre de 2023
Decimotercera.
Sec. III. Pág. 133188
Régimen jurídico.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes
firman el presente convenio.–Por la Secretaría General de Administración Digital, el
Secretario General de Administración Digital, Juan Jesús Torres Carbonell.–Por la
Universitat Politècnica de València, el Rector, José Esteban Capilla Romá.
ANEXO I
Determinación de la contribución anual al mantenimiento del servicio
La contribución anual al mantenimiento de la sostenibilidad funcional y técnica de la
aplicación GEISER se establece en función de los siguientes criterios de uso y, teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 48.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que señala
la imposibilidad de que la aportación económica supere los gastos derivados de la
ejecución del convenio. Así se determinará, en función del número de asientos
registrales en oficinas de registro estimado (N):
– Si N < 20.000, la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante la
vigencia del inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 5.000 €.
– Si 20.000 ≤ N < 250.000, la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia del inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 12.500 €.
– Si 250.000 ≤ N < 1.000.000 la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 20.000 €.
– Si 1.000.000 ≤ N < 2.000.000 la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio
durante la vigencia inicial del Convenio, o de cada una de sus prórrogas será 30.000 €.
– Si 2.000.000 ≤ N la contribución anual (C) al mantenimiento del servicio durante la
vigencia inicial del Convenio o de cada una de sus prórrogas será de 50.000 €.
Para la determinación de la contribución económica se entenderá N referido al
periodo de vigencia inicial del Convenio o de cada una de sus prórrogas, con
independencia de las anualidades que comprenda.
El número N representa todos los asientos registrales de entrada y salida que se
realicen en GEISER desde la fecha en la que el convenio comience a surtir efectos hasta
la fecha de finalización del mismo. No se contabilizarán los asientos registrales que se
realicen a través de los servicios web de GEISER (REGECO) sin documentación adjunta.
ANEXO II
Don José Esteban Capilla Romá, como Rector de la Universitat Politècnica de
València, declara que durante el ejercicio [2022] el número de asientos registrales de
entrada y salida que fueron realizados conjuntamente en las oficinas de registro que se
incorporarán a la aplicación GEISER en las condiciones del presente convenio, asciende
a un total de 130.017 asientos registrales.
Para el periodo anual inicial de vigencia del convenio, se estima un total
de 150.000 asientos registrales.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 48 la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, declara tener capacidad para financiar durante cada
anualidad de vigencia del convenio, los compromisos financieros asumidos.
Fdo.: José Esteban Capilla Romá
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-20688
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