III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-20605)
Resolución 420/38391/2023, de 28 de septiembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Navarra, para la realización de prácticas académicas externas en unidades del Estado Mayor de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237

Miércoles 4 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 132783

Con esta colaboración se podrán realizar prácticas externas de estudiantes en
unidades dependientes del EMAD, con las que se complete la formación de los
estudiantes matriculados en los distintos Grados/Máster, impartidos por la UNAV.
Segunda.
1.

Aportaciones de las partes.

Por parte del Ministerio de Defensa:

a) Acogerá a estudiantes de los distintos Grados/Máster impartidos por la citada
universidad en número a determinar anualmente por mutuo acuerdo entre las partes,
facilitándoles la realización de prácticas externas curriculares en el EMAD, de acuerdo
con las condiciones establecidas en este convenio.
b) Definirá, en coordinación con la UNAV, en cada caso, el perfil requerido del
estudiante que acogerá en prácticas, así como los objetivos, las tareas generales y
actividades específicas a realizar por el mismo durante dichas prácticas, aspectos que se
detallarán en el correspondiente proyecto formativo.
c) Comunicará el alta del estudiante, la fecha de comienzo y la finalización de las
prácticas, así como el horario, el lugar de desarrollo y el contenido de las mismas,
designando en cada caso un responsable que actuará como tutor del estudiante, y que
coordinará la ejecución con el tutor académico designado por la Universidad.
d) Comunicará a la dirección del Grado/Máster que corresponda cualquier baja que
se produzca.
e) Expedirá, a la finalización de las prácticas, un certificado en el que se reconozca
al estudiante el tiempo de prácticas realizado y su contenido básico.
f) Trasladará a la UNAV cuantas incidencias y vicisitudes se observen por los
tutores designados por el EMAD, en relación con el desarrollo de las actividades objeto
del presente convenio.
g) Proporcionará al estudiante información relativa a la normativa de seguridad y
prevención de riesgos laborales.
h) Facilitará el intercambio de publicaciones propias y el acceso a fondos
documentales no clasificados.
i) Facilitará asesoramiento científico y técnico, relacionado con las materias objeto
de las prácticas.
j) Hará constar la colaboración de la universidad en todas las actividades
editoriales, informativas o de promoción en relación con las actuaciones contempladas
en este convenio.
k) El EMAD podrá vetar o revocar la participación de algún estudiante designado o
incorporado a las prácticas, por motivos de seguridad o de otra índole debidamente
justificada.
Por parte de la Universidad de Navarra:

a) Facilitará el intercambio de publicaciones propias y el acceso a fondos
documentales no clasificados.
b) Facilitará asesoramiento científico y técnico, relacionado con las materias objeto
de las prácticas.
c) Facilitará la organización en su sede, por parte del Ministerio de Defensa, de
conferencias, exposiciones u otros actos de naturaleza análoga para la difusión y
promoción de la cultura de defensa, que contribuyan a un mejor conocimiento de las
Fuerzas Armadas por parte de los estudiantes y profesores.
d) Hará constar la colaboración del Ministerio de Defensa en todas las actividades
editoriales, informativas o de promoción en relación con las actuaciones contempladas
en este convenio.
e) Gestionará las convocatorias de las prácticas externas curriculares objeto del
presente convenio, de acuerdo con su normativa y procedimientos, y conforme a los
principios de publicidad, objetividad y concurrencia.

cve: BOE-A-2023-20605
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2.