III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2023-20546)
Resolución de 27 de septiembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio con la Universidad de Alicante, para la realización de prácticas con traductores-intérpretes en plantilla adscritos a órganos jurisdiccionales en Castilla-La Mancha.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236

Martes 3 de octubre de 2023

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las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la Universidad de Alicante en la
que los alumnos cursan estudios.
En virtud de lo dispuesto anteriormente el Ministerio de Justicia y la Universidad de
Alicante,
ACUERDAN
Primera. Modificación de la cláusula tercera del convenio de fecha 12 de diciembre
de 2022 entre el Ministerio de Justicia y la Universidad de Alicante, para la
realización de prácticas con traductores-intérpretes en plantilla adscritos a órganos
jurisdiccionales en Castilla-La Mancha.
Se modifica la cláusula tercera del convenio quedando redactada de la siguiente manera:
«La contingencia de accidentes sufridos o que ocasione el alumnado durante
la realización de las prácticas externas a que se refiere el presente convenio será
asumida, exclusivamente, por la Universidad de Alicante, en aquellos casos no
cubiertos por la seguridad social.
La Universidad estará obligada a suscribir una póliza de seguros para cubrir
los daños de cualquier tipo que pudiera ocasionar el alumnado participante en las
prácticas externas, así como aquellos que pudiera padecer el mismo en caso de
accidente, en los casos en los que no lo asuma la seguridad social, durante todo el
periodo de duración.»
Segunda. Modificación de la cláusula sexta del convenio de fecha 12 de diciembre
de 2022 entre el Ministerio de Justicia y la Universidad de Alicante, para la
realización de prácticas con traductores -intérpretes en plantilla adscritos a órganos
jurisdiccionales en Castilla-La Mancha.
Se modifica la cláusula sexta del convenio quedando redactada de la manera siguiente:
«El presente convenio no conlleva obligaciones financieras o contraprestación
económica entre las partes.
El cumplimiento de las obligaciones en materia de Seguridad Social con
arreglo a la disposición adicional quincuagésima segunda apartado 4 letra b) del
texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, corresponderán a la Universidad de
Alicante en la que los alumnos cursan estudios.»
Tercera. Efectos.

El Secretario de Estado de Justicia, Antonio Julián Rodríguez Esquerdo.–La Rectora
de la Universidad de Alicante, Amparo Navarro Faure.–Por delegación de firma según
resolución rectoral de 22 de diciembre de 2020, Rosario Ferrer Cascales, Vicerrectora de
Estudiantes y Empleabilidad.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-20546
Verificable en https://www.boe.es

La presente adenda de modificación resultará eficaz una vez inscrita en el registro
electrónico estatal de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal
en los términos del artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y asimismo será
objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».